Archive

Category Archives for "Jubilacion"

Jubilación

¿Cómo se puede manejar el tema de la jubilación?

Respuesta

Se puede manejar con mutuo acuerdo, así se paga un porcentaje de la indemnización.

¿Cuáles son las edades de jubilación ?

¿Cuáles son las edades de jubilación para hombres y mujeres y como funciona  la jubilación anticipada?

Respuesta 1:

62 años los  hombres y 57 años las damas.

Respuesta 2:

Para la jubilación anticipada se resta 2 años a ambas.

Que artículos de la ley respaldan los casos por jubilación?

Consulta:
Que artículos de la ley respaldan los casos por jubilación?

Caso:
«si tengo un colaborador está por cumplir este año 62 para jubilarse , él debe acogerse a la jubilación o nosotros dar por Terminada la relación laboral ? Quien me orienta».

Respuestas:
-El tema de jubilación no impacta la relación laboral.

-Es un tema que queda abierto ya sea que el trabajador se desee retirar de la empresa voluntariamente o la empresa tenga algún tema de beneficio por lo años de servicio y jubilación por mutuo acuerdo.

-También existe la posible oportunidad con el articulo 213 acapite B, pero no es tan fácil de ejecutar. Así es. Ley Faundes.

Fuente: Givi de Panamá

A un colaborador por jubilación se debe indemnizar?

Consulta:

«Si tengo una colaboradora jubilada. Tiene 57 años y hace 5 meses esta cobrando su cheque de jubilacion, si yo decido liquidarla hay que pagarle indemnizacion?».

Respuestas:

-Correcto la jubilación no es causal de despido ella mantiene sus derechos

-Si alguien le ha tocado un caso así me puede indicar q hacer por favor

-Revisa el articulo 213 b, creo que el numeral es el 3.

-No puedes despedir, mutuo acuerdo o renuncia voluntaria. No hay otra via.

-Recuerda el 213, letra B (No Imputables) creo que el 2 o 3, no recuerdo

-La ley es muy clara

-Si puedes aplicar la causar pero al momento de que el trabajador reciba su primer pago

-Tienes un periodo corto

-Una vez llevé varios cobros se pierde y dependes de que se quiera retirar

Fuente: Givi Panamá

¿Cuándo un colaborador se jubila debe renunciar? 

¿Cuándo un colaborador se jubila debe renunciar? 

Consulta: «¿Cuándo un colaborador se jubila debe renunciar?» 

Respuesta 1: «Los jubilados no están obligados a renunciar ellos pueden seguir laborando sin problema, si el quiere renunciar puede hacerlo»

Respuesta 2: «Si debe renunciar, solo que le puedes sugerir que primero meta sus papeles de jubilación antes de renunciar»

 

Respuesta 3: «Si renuncia y se le pagan los derechos según código de trabajo, pago de prestaciones como renuncia normal»

Respuesta 4: «Si el empleado decide acoger su jubilación debe renunciar»

Respuesta 5: «No es necesario ni obligatorio, es mas tengo varios colaboradores trabajando y jubilados. Así mismo es se declaro ilegal en un fallo obligarlos a renunciar»

Respuesta 6: «A mi entender el colaborador no tiene obligación de renunciar, claro es complicado desde el punto de vista de empresa pero por lo que se sugiere ir hablando con los colaboradores y hacer planes de salida acordados»

Respuesta 7: «Realizar un Mutuo acuerdo»

Respuesta 8: «Puede con mutuo acuerdo»

Respuesta 9: «Si el quiere renunciar es totalmente viable»

 

Respuesta 10: «Hay un fallo en relación a este tema sugiero lo consulte con su abogado laboral»

Fuente Givi 2018

¿Se mantiene en planilla a un colaborador que se consume el fondo de incapacidad y empezó a procesar la pensión?

¿Se mantiene en planilla a un colaborador que se consume el fondo de incapacidad y empezó a procesar la pensión?

Resultado de imagen para pensión

Consulta: «Un trabajador que se consume el fondo de incapacidad, vacaciones… que se le da en la empresa; no regresa y está por traer otra incapacidad, ya empezó a procesar pensión; ¿Lo mantengo en planilla y no le pago nada?

Respuesta 1: «Debes empezar el descuento en planilla y la persona debe hacer su trámite en el SS. Ejemplo hoy es 20 de diciembre si los días fondos los tuvo hasta ayer 19 entonces se le paga la quincena del 16 al 19, si los días fondos acabaron el 16 de diciembre entonces la quincena es 0.00 pero sigue activo en tu planilla. Esos pagos luego el debe hacer el proceso con el seguro social para que se los pague.»

 

Fuente Givi 2017

¿Cómo es el proceso para pensionar un trabajador?

¿Cómo es el proceso para pensionar un trabajador?

Consulta: «¿Cómo es el proceso para pensionar un trabajador?»

Respuesta 1: «El trabajador ya debe tener un registro medico de citas o enfermedad, y si el medico lo considera lo lleva a una junta de revisión y los médicos deciden; a menos que sea por accidente. De igual manera se manda a junta y ellos deciden. Es un proceso largo»

Fuente Givi 2017

¿Cuándo un colaborador llega a la edad de jubilación, es su decisión, o la empresa puede intervenir?

Resultado de imagen de colaborador jubilado

¿Cuándo un colaborador llega a la edad de jubilación, es su decisión, o la empresa puede intervenir?

Consulta:  ¿Cuándo un colaborador ha llegado a la edad de jubilación, es enteramente su decisión, o puede la empresa tomar cartas sobre el asunto?

Respuesta 1: Es decisión del colaborador realizar su trámite de jubilación y si la empresa requiere de sus servicios lo contrata por servicios profesionales.

Respuesta 2: El seguro ya no pide renuncia al trabajador. Él sigue trabajando y la empresa no se da cuenta que se jubiló porque ya el seguro no pide ninguna documentación a la empresa, él sigue laborando normal; por ejemplo: yo tengo colaboradores que tienen seis años de jubilado y están trabajando. En caso, que no deseen seguir con los servicios del colaborador debe la empresa proceder por mutuo acuerdo.

‪Respuesta 3: Pero tienes 1 mes para liquidarlo por esa causa. Desde que recibe su primer cheque empieza a contar ese mes. Art 213 acapite b numeral 3. Claro si la empresa no se da cuenta sigue normal y si pasa el tiempo que dice el artículo ya no puedes aplicarlo y no lo puedes liquidar. Nosotros conversamos con la persona cuando va a cumplir la edad y ellos nos han notificado cuando les sale la jubilación, dependemos de la buena de del colaborador.

Fuente Givi 2017

¿Como se liquida persona que se va a jubilar?

¿Como se liquida persona que se va a jubilar?
Consulta: 
Si una persona está por jubilarse y yo no quiero que siga laborando después de su jubilación; cual es la manera correcta de liquidarla?
Respuesta1.  Art. 213, Acápite B, numeral 3 ó a través de mutuo acuerdo, si no decide renunciar.
Respuesta2. Ojo. el 213 para este tema es muy delicado y conlleva un proceso previo muy de cerca con algún contacto de la CSS; de no ser así no recomiendo. La otra opción sería en efecto en MA.

En ambos casos sería unilateral por el empleador el llevarlos adelante.