¿Una persona natural puede facturar con su RUC a una empresa por Servicios Profesionales? ¿ Está permitido o tiene que tener obligatoriamente una empresa registrada. Es decir, contar con un RUC de empresa?
Respuesta #1
La persona individual, en el argot fiscal se llama PERSONA NATURAL y las sociedades PERSONAS JURÍDICAS.
Respuesta #2
En efecto, si, una personal natural puede dedicarse a una actividad comercial en cuyo caso, si es panameña, su número de cédula será su RUC y si es extranjera, debe solicitar ante la DGI un número de RUC tipo 8-NT, con lo cual se puede conformar como un empresario Persona natural.
Respuesta #3
En esa misma línea, en Panamá se utilizan dos tipos de facturas legales:
Cualquier otra factura NO es deducible de impuestos en la contabilidad de una empresa.