¿Debo pagar preaviso a colaborador por liquidar con mas de 2 años de labor?
¿A un Colaborador con más de 2 años de laborar y se va a liquidar se le paga preaviso?
Respuesta 1:
Una opción es firmar mutuo acuerdo, de no aceptarla, se le entrega la carta de despido, Igual se le paga todo lo de ley.
Respuesta 2:
Se le incluye el preaviso de un mes, si no tiene causal de despido justificado y aunque sea despido justificado y no se le da la carta para que trabaje los 30 dias, se tiene que pagar preaviso.
Respuesta 3:
No importando que carta firme, hay que pagarle todo lo de ley.
Respuesta 4:
Importante : Mucho cuidado con la carta de despido sin justificación, puede demandar y solicitar salarios caídos.
aunque sea despido justificado y no se le da la carta para que trabaje los 30 días, si se tiene que pagar el preaviso.
Respuesta 5:
Si tiene menos de 2 años se aplica el articulo 212 y no hay sufrimiento para ninguna de las partes, siempre y cuando se le paguen todas sus prestaciones
Respuesta 6:
Si la relación laboral es indefinida y pasa de los 2 años, sino media una causa justificada no se puede terminar, la única manera y que no haya causal es por mutuo acuerdo. Artículo 210 númeral 1 del C.T.