¿Las vacaciones se corren si un colaborador luego de finalizada una incapacidad, le asignan más días de incapacidad?
¿Las vacaciones se corren si un colaborador luego de finalizada una incapacidad, le asignan más días de incapacidad?
Consulta: “Quisiera estar clara con la acción correcta a seguir en este caso que detallo, agradezco su ayuda/colaboración:
Un empleado está en incapacidad médica por una semana debido a intervención quirúrgica y decide pedir vacaciones que inician al día siguiente de terminada su incapacidad. En la última consulta médica el doctor decide alargar la incapacidad 4 días más, estos coincidiendo con los primeros días de las vacaciones ya otorgadas y pagadas. ¿En estos casos también deben correrse las vacaciones por los días de incapacidad o ya en esta situación no aplica? Sé que esto aplica cuando hay hospitalización de urgencia pero este no es el caso. He buscado en el código laboral y no veo nada parecido por lo que agradezco si han tenido algún caso similar o saben que es lo correcto a aplicar aquí.”
Respuesta 1: “El Código establece en su artículo 55 que: «..la hospitalización y la incapacidad posterior no se considerará parte de las vacaciones…» considero que lo correcto es considerar esos 4 días como licencia por enfermedad.”
Fuente Givi 2017