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¿Las vacaciones se corren si un colaborador luego de finalizada una incapacidad, le asignan más días de incapacidad?

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¿Las vacaciones se corren si un colaborador luego de finalizada una incapacidad, le asignan más días de incapacidad?

 

Consulta: “Quisiera estar clara con la acción correcta a seguir en este caso que detallo, agradezco su ayuda/colaboración:

Un empleado está en incapacidad médica por una semana debido a intervención quirúrgica y decide pedir vacaciones que inician al día siguiente de terminada su incapacidad.  En la última consulta médica el doctor decide alargar la incapacidad 4 días más, estos coincidiendo con los primeros días de las vacaciones ya otorgadas y pagadas.   ¿En estos casos también deben correrse las vacaciones por los días de incapacidad o ya en esta situación no aplica?  Sé que esto aplica cuando hay hospitalización de urgencia pero este no es el caso.  He buscado en el código laboral y no veo nada parecido por lo que agradezco si han tenido algún caso similar o saben que es lo correcto a aplicar aquí.”

 

Respuesta 1: “El Código establece en su artículo 55 que:  «..la hospitalización y la incapacidad posterior no se considerará parte de las vacaciones…» considero que lo correcto es considerar esos  4 días como licencia por enfermedad.”

Fuente Givi 2017