¿Se cancela toda la prima de antigüedad si el colaborador se incapacita en el transcurso de cumplir sus 15 días de preaviso?
¿Se cancela toda la prima de antigüedad si el colaborador se incapacita en el transcurso de cumplir sus 15 días de preaviso?
Consulta: “Un colaborador renuncio y dio su preaviso de 15 días. Esos 15 días se cumplen el 6 de diciembre. Si después de hoy 30 la persona no llega más bajo la excusa que se incapacito hasta el 6, ¿tendría que pagarle toda la prima de antigüedad?
Respuesta 1: “Entiendo que si presenta la incapacidad sí. En nuestro caso, se le descuentan los días del salario correspondiente ya que hizo una porción del preaviso. El código específico cuantos días del preaviso se puede ausentar.»
Respuesta 2: «Así es»
Fuente Givi 2017