¿Se puede despedir a alguien luego de pasado los 3 meses de periodo probatorio bajo el Articulo 78?
¿Se puede despedir a alguien luego de pasado los 3 meses de periodo probatorio bajo el Articulo 78?
Consulta:» Una colaboradora que hoy cumple 3 meses ya culmina el probatorio. La cuestión es que hasta hoy el jefe me dice que ya no la quiere pero resulta que hoy falto. ¿Puedo despedirla mañana bajo el art. 78 del periodo probatorio aunque haya faltado hoy?
Respuesta 1: «No puede despedirla en ausencia, es falla del Jefe, por no preveer esto y no actuar el viernes.»
Respuesta 2: «Negativo ya que mañana no estará en periodo probatorio. Llama a la persona y dile que necesita ser que valla a la empresa a ver si aparece hoy mismo»
Fuente Givi 207