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¿Se puede hacer un despido justificado por tardanza o abandono del puesto de trabajo?
Consulta: «¿Alguien conoce de un caso de despido por tardanzas? En este caso, un colaborador sale antes de tiempo, casi todos los días, 1, 2 o 1/2 hora, ¿Puedo aplicar el abandono del puesto, cierto? Porque el Art. 12, del 213 no dice nada de memos anteriores y no lo podemos considerar como tardanzas, porque abandona el puesto, ya van 5 días.»
Respuesta 1: «Se tiene que explicar al detalle todos los días de tardanza que tuvo, que sea reincidente… Existe la sentencia confirmada por el Tribunal Superior No. 088-PJCD-3-3926 de 22 de agosto de 2016 de la Junta Conciliadora y Decisión Número dos, donde expone que, si se puede y en MITRADEL, no hay garantía de que acepten el despido como justificado.»
Respuesta 2: «Se puede, pero con los debidos memorándums.»
Respuesta 3: «Aplica el despido cuando hay reincidencia, debe cumplir con el horario por la cual fue contratado y adicionalmente debe haber memorandos anteriores en el caso de abandonar el puesto (salir antes de su hora) y por desobedecer instrucciones. Yo le aplico el despido justificado por reincidencia en abandonar el puesto.»
Respuesta 4: «Siempre es mejor tener documentación que demuestre que se le llamó la atención varias veces y siguió en la misma práctica.»
Respuesta 5: «Es válido el despido, una muy buena carta redactada y te cubres con el biométrico. No hay ningún artículo que diga que se despide por tardanza, la única forma es que sea con el 213, artículo 10: Reincidencia o desobedecer. Siempre y cuando le hayas pasado varias veces memos, indicándole que respete su horario y siga sin cumplirlo.»
Fuente Givi 2017
¿Se puede hacer un mutuo acuerdo con una persona que posee discapacidad?
Consulta: “Requiero de su apoyo ante la siguiente duda: ¿Se puede hacer un mutuo acuerdo con una persona que posee discapacidad? ¿Cómo se procede?
Respuesta 1: “El 6 de junio de 2016 fue publicada en Gaceta Oficial la Ley 15 de 2016, que modifica la Ley 42 de 1999 relacionada a la equiparación de oportunidades para personas con discapacidad.
En materia laboral hay aspectos que sobresalen, por ejemplo: “El trabajador con discapacidad, su madre, padre, tutor y/o representante legal gozarán de fuero laboral. Por lo tanto, no podrán ser despedidos salvo que media justa causa de despido previa autorización de un juez de trabajo.”
Adicionalmente, conozco de colegas que están incurriendo en el despido injustificado de personas con discapacidad y es algo que no se puede hacer tan a la ligera; por ello, al respecto, creo que los responsables de RRHH de las empresas tenemos que tener más cuidado con nuestro proceder, por el bien de la imagen de nuestro gremio.
Sugiero que te asesores en Mitradel o con un abogado.”
Fuente Givi 2017
Jurisprudiencia de Despido Justificado por ausencias reiteradas
Consulta: ¿Se puede realizar un despido de manera justificada por ausencias reiteradas?
Jurisprudiencia de Despido Justificado por ausencias reiteradas (1)
Fuente Givi 2017
¿Es legal aceptar solo las incapacidades de la Caja del Seguro Social en el reglamento interno de la empresa?
Consulta: ¿Es legal colocar en el reglamento interno que solo se aceptaran incapacidades de la Caja del Seguro Social?. Me parece que no es legal, porque al final sabemos que es muy demorada la atención en la CSS.
Respuesta 1: El Código de Trabajo refiere en una de sus normas que debemos aceptar las incapacidades que tengan la firma del doctor que este acreditado; ahorita no tengo el código conmigo pero busca en los índices Incapacidades, ahí te puedes guiar, en las jurisprudencias también lo explica y te da ejemplos.
Fuente Givi 2017
Artículo 127 del código de Trabajo en Panamá
Consulta: “¿Qué indica el artículo 127 del código de Trabajo en Panamá?”
“TITULO IV
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES EMPLEADORES
CAPITULO I
Obligaciones de los trabajadores
Artículo 127. Se prohíbe a los trabajadores:
Fuente Givi 2017
¿Cómo manejar el tema de los viáticos en concepto de transporte y alimentación para las empresas?
Consulta: “En el tema de los viáticos en concepto de transporte y alimentación ¿Existe alguna política o regulación para esto sobre todo en el caso de conductores o ayudantes de distribución? Por ejemplo, ¿si su horario de trabajo es a las 8am e inician 6am o antes se debe considerar transporte o alimentación?”
Respuesta 1: “Nosotros en Apoyo en alimentación es con vale panamá y en apoyo de transporte el decreto de ley del vale de transporte.”
Respuesta 2: “Cuando un colaborador se queda después de la hora de salida por la razón que sea si pasan 2 horas, se le considera la cena y si el transporte, dependiendo también de donde viva.”
Respuesta 3: “Nosotros otorgamos $50.00 mensuales para empleados que perciben hasta 800.00 mensuales. Es el mismo concepto de vale Panamá”
Fuente Givi 2017
¿Las vacaciones se corren si un colaborador luego de finalizada una incapacidad, le asignan más días de incapacidad?
Consulta: “Quisiera estar clara con la acción correcta a seguir en este caso que detallo, agradezco su ayuda/colaboración:
Un empleado está en incapacidad médica por una semana debido a intervención quirúrgica y decide pedir vacaciones que inician al día siguiente de terminada su incapacidad. En la última consulta médica el doctor decide alargar la incapacidad 4 días más, estos coincidiendo con los primeros días de las vacaciones ya otorgadas y pagadas. ¿En estos casos también deben correrse las vacaciones por los días de incapacidad o ya en esta situación no aplica? Sé que esto aplica cuando hay hospitalización de urgencia pero este no es el caso. He buscado en el código laboral y no veo nada parecido por lo que agradezco si han tenido algún caso similar o saben que es lo correcto a aplicar aquí.”
Respuesta 1: “El Código establece en su artículo 55 que: «..la hospitalización y la incapacidad posterior no se considerará parte de las vacaciones…» considero que lo correcto es considerar esos 4 días como licencia por enfermedad.”
Fuente Givi 2017
¿Cuál es el salario mínimo para un obrero de la construcción?
Consulta: ¿Cuál es el salario mínimo para un obrero de la construcción?
Respuesta 1: » 3.47 la hora el ayudante general, en la convención colectiva esta el detalle precisamente el 1 de julio tendrán aumento en la rata,»
Fuente Givi 2017
¿Quiénes brindan taller de Brigadas para los colaboradores?
Consulta: ¿Quiénes brindan taller de Brigadas para los colaboradores?
Respuesta 1: “Yo utilizo a los bomberos, los precios son más accesibles y cumples con el procedimiento, obteniendo tus certificaciones de dicha entidad.”
Fuente Givi 2017
14 frases que debes evitar decirle a tus colaboradores
“Si quieres motivar a tu equipo a generar grandes resultados debes evitar estas expresiones ofensivas y molestas.
Malos jefes los hay en todos lados y de todas las clases; managers poco motivadores, regañones, insensibles, flojos e irrealistas. Incluso hay quienes disfrutan hacer llorar a sus empleados y que éstos sientan temor con sólo escuchar su nombre. Una noticia para ellos: lo único que provocarán es baja productividad en su empresa, (costosa) rotación de personal y un clima laboral deficiente que no atrae ni retiene talento.
Como emprendedor, es probable que te encuentres por primera vez en esta posición, pero la inexperiencia no es excusa para convertirte en un jefe que no sabe liderar a su equipo y que afecta negativamente su moral. De hecho, hacerlo podría significar la muerte de tu startup, ya que el éxito de toda empresa -sea grande o pequeña- depende de su capital humano.
Aunque la forma de comportarte es el mejor referente para tus empleados, tus palabras también lo son. Y existen ciertas frases que nunca debes usar al comunicarte con tu equipo, independientemente de cuál sea tu humor o la situación:
Fuente Givi 2017
¿Cuánto tiempo debo esperar para re-contratar a un empleado por obra determinada luego de que la anterior ya haya culminado?
Consulta: ¿Cuánto tiempo debo esperar para re-contratar a un empleado por obra determinada luego de que la anterior ya haya culminado?
Respuesta 1: “Eso del tiempo aplica con contratos definidos por obra no en construcción acabamos una fase hoy y mañana se pueden realizar otros contratos para otra obra sin problema.”
Fuente Givi 2017
¿Las Adendas de los contratos de trabajo se sellan?
Consulta: ¿Las Adendas de los contratos de trabajo se sellan?
Respuesta 1: No, nunca lo he hecho, no es necesario.
Respuesta 2: No, es suficiente con la firma de ambas partes. Solo sellan en el Ministerio de Trabajo la de la construcción
Respuesta 3: Las adendas no necesitan sello
Fuente Givi 2017
¿Cuál es el procedimiento para sacar el Récord Policivo?
Consulta: ¿Conoce el procedimiento para sacar récord policivo sin necesidad de dirigirse presencialmente a las instituciones?
Respuesta 1: Para obtener el Récord Policivo vía web debes ingresar al siguiente link https://portalcuentas.panamaenlinea.gob.pa/natural_people/sign_in y ahí se hace la solicitud, luego debes esperar que te envíen un correo, y seguir los pasos. Lo que yo hago con mis candidatos, es decirles que me reenvíen el correo donde le adjuntaron el récord, puesto que es virtual y no tiene el sello y así tener más seguridad que es real.
Fuente Givi 2017
¿Se puede realizar un memo o llamado de atención y el artículo 213?
Consulta: si hago un memo o llamado de atención después de explicar todo, yo le comento que si no hace los cambios le aplicare 213, pero me comentan que no puedo invocar el 213 ¿Como que no si es como una advertencia? ¿Porque dicen que ya no puedo usar ese memo para despido en caso que sea reincidente?
Respuesta 1: El 213, tiene diferentes numerales. No puede hacer un llamado de atención sólo indicando el artículo 213. De acuerdo al caso que sea y sea aplicable a alguno de sus numerales, al final indica basado en que y el alcance de esto. Ejemplo, no siguió instrucciones claramente establecidas el día tal, lo que causo x o y situación…. La próxima que suceda podremos llegar hasta el despido, fundamentados en el artículo 213, numeral 10 del código del trabajo. (desobedecimiento de ordenes)
Respuesta 2: Siempre es bueno mencionar más de 1 numeral que aplique claro está.
Respuesta 3: Puedes decirle que apelas a su buen criterio para que mejore de forma inmediata, ya que de lo contrario se deberán tomar medidas más rigurosas desde suspensión de 1 a 3 días hasta el despido justificado, en caso de reincidir. Así no tienes que detallar el articulo ni el numeral y dejas la puerta abierta para darle seguimiento y si llega a reincidir, al menos ya tienes un caso más estructurado.
Fuente Givi 2017
Si una empresa crea una nueva razón social ¿Podrá traspasar los pagos de planilla a las cuentas que los colaboradores mantenían en el BAC?
Consulta: Quisiera saber si con el BAC se puede hacer el siguiente cambio: La cuenta que dispersa los fondos de planilla actualmente dejara de hacerlo para fin de mes y luego otra cuenta a nombre de otra razón social empezara a realizar los pagos por sustitución patronal. ¿Sera posible que la nueva razón social continúe haciendo los pagos a las cuentas que los colaboradores actualmente mantienen abiertas para efectos de pago de planilla?
Respuesta 1: Si es con la misma entidad bancaria, pienso que se les debe hacer sencillo hacerlo, pero la gestión debes realizarla con tiempo contactando al oficial o gerente de la sucursal de la cuenta… Explicar la situación y seguro te deberán dar la mejor salida.
Fuente Givi 2017