¿Se puede realizar un memo o llamado de atención y el artículo 213?

 

¿Se puede realizar un memo o llamado de atención y el artículo 213?

 

Consulta: si hago un memo o llamado de atención después de explicar todo, yo le comento que si no hace los cambios le aplicare 213, pero me comentan que no puedo invocar el 213 ¿Como que no si es como una advertencia? ¿Porque dicen que ya no puedo usar ese memo para despido en caso que sea reincidente?

Respuesta 1: El 213, tiene diferentes numerales.  No puede hacer un llamado de atención sólo indicando el artículo 213. De acuerdo al caso que sea y sea aplicable a alguno de sus numerales, al final indica basado en que y el alcance de esto. Ejemplo, no siguió instrucciones claramente establecidas el día tal, lo que causo x o y situación…. La próxima que suceda podremos llegar hasta el despido, fundamentados en el artículo 213, numeral 10 del código del trabajo. (desobedecimiento de ordenes)

Respuesta 2: Siempre es bueno mencionar más de 1 numeral que aplique claro está.
Respuesta 3:  Puedes decirle que apelas a su buen criterio para que mejore de forma inmediata, ya que de lo contrario se deberán tomar medidas más rigurosas desde suspensión de 1 a 3 días hasta el despido justificado, en caso de reincidir.  Así no tienes que detallar el articulo ni el numeral y dejas la puerta abierta para darle seguimiento y si llega a reincidir, al menos ya tienes un caso más estructurado.

Fuente Givi 2017