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Acoso y hostigamiento de jefes

¿PUEDE LA EMPRESA UTILIZAR FOTOS DE UNA PERSONA EN REDES SOCIALES PARA ACOSAR LABORALMENTE A UN COLABORADOR?

La persona tiene su perfil en Instagram y Facebook privados y por ende solo un amigo puede ver sus fotos. En el caso de este colaborador me logró demostrar que entre su grupo de amigos solo tiene a una persona de la empresa como amigo y es la que está divulgando las fotos para causarle problemas.

Las fotos no atentan contra la imagen de la empresa ni contra nadie, son fotos de la persona en su área de trabajo (orgulloso de su trabajo) y la otra en un rio.

El acoso es que es su propio jefe que las usa en contra del colaborador para crear chismes y buscarle problemas.

Respuesta 1

  • Es un tema que ellos dos deben arreglar ya que no está afectando a la empresa ni la imagen.
  • Tienes opción de 212 , pero a nadie le pueden botar por no aceptar a su jefe en redes sociales.
  • Hace falta un coaching esa conducta es inapropiada.

Respuesta 2

¿Recuerdan la ley de hostigamiento?

  • El colaborador puede denunciarlo y definitivamente la empresa debe tomar acciones.
  • Es muy complicado acusar alguien de acoso por reenviar una foto o en día eso es tan común ya que cuando uno acepta a una persona del trabajo y sube fotos aceptan que eso puede pasar.
  • Si el muchacho le pone una denuncia a nivel civil lo primero que dirán las autoridades es que si el tema es entre dos personas cuya relación es primordialmente laboral, Él puede recabar pruebas de como el jefe está utilizando sus fotos.

Respuesta 3

  • Leer bien la ley.
  • La empresa tuvo que haber tomado alguna medida antes de llegar al plano civil.
  • Con cada denuncia de acoso MITRADEL pone multa a la empresa.

Aunque, pensar que es un asunto personal funcionara hasta que la persona afectada se vaya al ministerio a querellar por no haber encontrado solución a lo interno de la empresa y se puede arriesgar a una multa por algo que puede contenerse y además de que crea un mal antecedente. los trabajadores pueden perder la fe de que venir al departamento de RRHH a conversar sobre sus problemas es efectivo y las personas con don de mando pueden malentender que está bien que se extralimiten como jefes porque eso no tiene efecto en otras escalas de la empresa.

Respuesta 4

  • Puede ser afectada la empresa con la Acción de ese Jefe.
  • Un llamado de atención formal y por escrito al jefe y hacerle ver que debe respetar la privacidad de las personas y enseñarle la ley de hostigamiento.
  • Si el jefe se ofende o toma otras medidas de represalia contra el trabajador a él es quien hay que despedirlo. Ninguna empresa requiere un empleado de confianza se proyecte de esta manera.

Respuesta 5

  • La Ley 7 obliga a las empresas a tener un procedimiento para investigar y resolver asuntos de acoso y hostigamiento. Desde el 15 de mayo ya este procedimiento debió estar vigente en las empresas. Si se van a Mitradel, lo primero que harán es preguntar es si tienen el procedimiento, y si no lo tienen ya es una multa.
  • Nosotros mismos redactamos la política, pero ellos nos ayudaron con un conversatorio para los mandos medios y una reunión con el comité ejecutivo, y la verdad la gente quedó muy conforme.
  • Yo lo recomiendo con el capacitamos a todo el personal.