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Category Archives for "Contratos de Trabajo"

Cuáles son las consecuencias de laborar sin permiso de trabajo?

Ejemplo de un caso:

Una pregunta, hoy hable con un chico que me dice que siempre lo llaman para entrevistas pero cuando dice que es extranjero y tiene residencia permanente la persona que lo llamo le dice contactame cuando tengas permiso de trabajo. El chico me dice que como consigue permiso de trabajo si no consigue trabajo? Que responderían ustedes? El chico es calificado y tiene buenas referencias, pero la empresa en donde laboró cerro y se quedo sin trabajo. Lleva 3 meses buscando trabajo y no consigue porque su permiso de trabajo la empresa se lo quito. Que recomiendan?

Respuesta:

  1. Realmente para tramitar el permiso de trabajo requiere del contrato de trabajo y otros documentos que la empresa que lo va a contratar debe entregarle a los abogados. El tema es que mientras le tramitan el permiso, la empresa corre el riesgo de ser denunciada y multada por Mitradel y el colaborador, ojalá que no, puede ser denunciado incluso a Migración y ellos lo deportan.
  2. Se puede hacer, pero estando claros en los riesgos que conllevan. Si el chico vale la pena, seguro que después que lo apoyen con el permiso, va a ser muy leal.
  3. Pero si el presenta algún documento que sirva de evidencia que esta en tramite; tal vez no caiga en multa la empresa. Seria prudente llamar al mismo ministerio de trabajo para que te asesoren como es la cosa con ellos mismos.
  4. Cae en multa igual. Antes por la categoría de países amistosos te permitían un documento de trámite, ahora no, ellos multan igual.
  5. El contrato debe tener la fecha de ingreso real lo redactan los abogados,es un requisito.
  6. Se debe hacer tramite legal; si esta listo entra, si no, esta las condiciones no es apto, como nos ha acontecido en otra ocasiones. La persona no se presenta. Incluso hay que meterlo en planilla y en la CSS con eso se tramita el permiso.

Fuente: Comunidad Givi de Panamá

Si un colaborador tiene cédula extranjera E- . Debe tener permiso de trabajo?

Consulta:

Si el trabajador tiene Cédula E- necesita permiso de trabajo?

Respuesta:

Se debe revisar su resolución. Puede ocurrir 2 situaciones:

  1. Si tiene mas de 10 años en Panamá o se casa con panameña/o  no cuenta en el 10%
  2. Sin embargo la cédula solo reemplaza el carnet de migración. Lo correcto es que tiene siempre permiso de trabajo.

Datos Importantes:

Recuerden migración da residencia y tribunal la cédula. Mitradel da los permisos de trabajo. Una cosa no tiene que ver con otra.  Puede tener permiso de residencia indefinido pero aun así debe tramitar su permiso de trabajo.

Cédula y permiso de trabajo junto siempre.  Para contratar.  Que tenga cédula.  No quiere decir que ya no ocupara sacar permiso de trabajo.  Cuando mande a sellar el contrato ambos documentos tienen que estar adjuntados.

Persona con Permiso de trabajo a 2 años: El contrato laboral en este caso se hace a 1 año o 2 años?

Consulta:

Tengo una persona extranjera para ingresar con un permiso de trabajo a Dos años. ¿el contrato laboral se hace en este caso a 1 año o dos años?.

Respuesta:

Los contratos definidos por ley laboral lo máximo que se pueden hacer es a 1 año. Aunque el permiso de trabajo tenga vigencia por 2 años. Al culminar el contrato se le invoca el Art. 210 para quede constancia del proceso.

 

Fuente de Información: Comunidad Givi de Panamá 2018

¿Si se finaliza un contrato antes de que venza se paga alguna indemnización?

¿Si se finaliza un contrato antes de que venza se paga alguna indemnización?

Consulta: “Una persona que se contrata por honorario 3 meses, pero la empresa quiere terminar el contrato antes de los 3 meses ¿Legamente hay que pagarle alguna indemnización? Por culminar el contrato antes.” 

Respuesta 1: “Buenas tardes. Tienes que pagarle el tiempo que falta para finalizar el contrato de los 3 meses. Código de Trabajo, artículo 227“

Respuesta 2: “Si ella coloco alguna cláusula en que las partes podrá terminar el contrato antes, no debe pagarle hasta finalizar el contrato.  Si no hay nada establecido, allí si debes pagar lo que falte del contrato.”

Respuesta 3: “Entiendo que debes pagarle los sueldo/ honorarios dejado de percibir desde que des por terminado el contrato hasta la fecha finalización indicada en el contrato.”

 

Fuente Givi 2017

¿Se puede tener un trabajador medio tiempo?

¿Se puede tener un trabajador medio tiempo?

Consulta: “¿Se puede tener un trabajador medio tiempo?, ¿Que salario se aplica? ¿Funciona bien con MITRADEL y CSS?”

Respuesta 1: “Si se puede, debes considerar la rata por hora mínima de tu industria y partir de allí defines el salario y lo determinas según las horas semanales que vaya a trabajar”

 

Fuente Givi 2017

¿Como puede proceder un colaborador que no tiene contrato de trabajo?

¿Como puede proceder un colaborador que no tiene contrato de trabajo?

Consulta: «Tengo el siguiente caso: Un conocido tiene 3 años y medio trabajando para el mismo empleador sin  contrato. Nunca cobro vacaciones ni décimo ni le dieron recibo de pago. Se le declaró seguro sólo unos meses y no pusieron el salario completo.  Solo la mitad. Renuncio ayer y va a dar 30 días de preaviso pero el empleador no tiene la intención  de reconocer los decimos adeudados. ¿Como puede proceder el colaborador?»

Respuesta 1: «Entiendo que hay una relación de trabajo aun cuando no hay contrato como tal. Porque aunque no hay contrato escrito si hay uno verbal Debe acercarse al Mitradel y hacer la consulta al respecto. Desde mi punto de vista hay una relación laboral»

Fuente Givi 2017

¿Cuales son los puntos que evalúan en el departamento de análisis de contrato?

¿Cuales son los puntos que evalúan en el departamento de análisis de contrato?

Consulta: «Tengo un problema con los contratos de trabajo y el sellado, nosotros trabajando 44 horas a la semana y pagamos 530,00 y me está pasando que no me quieren sellar los contratos porque pagamos menos del mínimo supuestamente, llamamos y quien nos atiende nos dice que está bien, pero cuando vamos a sellar nos ponen problema por el salario.»

Respuesta 1: «No pongas salario mensual, específica salario por hora en el contrato. Si es el salario por hora, según la ley, cumples. La única desventaja, es que el colaborador se apega a esa cantidad de horas, todo lo adicional es pagado como horas extras.»

Respuesta 2: «Mi recomendación es que lleves la gaceta y tabla que muestra el tipo comercial  tu empresa.»

Respuesta 3: «Nosotros especificamos que es un salario por horas que va de 36 a 48 horas y el monto.»

Respuesta 4: «Puedes manejar contratos por hora o por turno. El colaborador debe ir a la agencia para solicitar el sello.»

Fuente Givi 2017

¿Cómo realizar una transición de empleados de una empresa a otra?

¿Cómo realizar una transición de empleados de una empresa a otra?

Consulta: «¿Cómo realizar una transición de empleados de una empresa a otra?. Debo pasar todo mi equipo de aseo a otra razón social, ¿Esto se puede hacer por medio de adendas? ¿Debo liquidar todo el personal?»

Respuesta 1: «Tienes dos formas: liquidando y recontratando ó con la nota patronal de la nueva razón social que absorbe los pasivos laborales.

Respuesta 2: «La segundo opción es la llamada sustitución laboral»

Respuesta 3: «Puedes liquidarlos y recontratar en donde empezarían de cero. Pero también puedes no asumir el costo de la liquidación, realizando una sustitución de patrono, en la cual le das una carta al empleado, en donde firman los representantes legales de ambas empresas, la anterior y la nueva y por supuesto el empleado. Es totalmente legal y transfieres los pasivos del empelado de una compañía a otra.»

Givi 2017

 

¿Cuánto es el máximo de días que puedo suspender a una persona?

¿Cuánto es el máximo de días que puedo suspender a una persona?

Consulta: ¿Cuánto es el máximo de días que puedo suspender a una persona?

Respuesta 1: «Son 3 días»

Respuesta 2:  «Si tienes Reglamento Interno.»

Respuesta 4: «Es de 3 días si está estipulado en el reglamento interno»

Respuesta 5: » Es de 1 a 3 días según el Reglamento Interno»

Fuente Givi 2017

¿Cuál artículo del Código de Trabajo indica que es causal de despido el trabajar en periodo de vacaciones en otro lugar de trabajo?

¿Cuál artículo del Código de Trabajo indica que es causal de despido el trabajar en periodo de vacaciones en otro lugar de trabajo?

 

Consulta: «¿Cuál artículo del Código de Trabajo indica que es causal de despido el trabajar en periodo de vacaciones en otro lugar de trabajo?»

Respuesta 1: «No sé dónde diga, ¿pero por qué sería causal de despido? No creo que hay nada ilegal en tener dos empleos.  Si es por ausentarse o enfermarse sin incapacidad, es distinto, a mi parecer.»

Respuesta 2: «Creo que el único problema es que sea una competencia desleal»

Respuesta 3: «El código de trabajo indica como prohibiciones del trabajador: laborar para otro empleador durante las vacaciones, periodos de incapacidad o licencia remunerada, lo dice el Artículo 127, numeral 11. Entiendo que es más bien por un tema de riesgo profesional por si el trabajador se accidenta durante el trabajo en las vacaciones y quien cubre la incapacidad como patrono, por eso la prohibición»

Fuente Givi 2017

¿Para la renovación del permiso de trabajo como profesional extranjero  les han solicitado una carta certificando la cantidad y salarios de extranjeros contratados en la empresa, la misma certificada por un CPA.?

¿Para la renovación del permiso de trabajo como profesional extranjero  les han solicitado una carta certificando la cantidad y salarios de extranjeros contratados en la empresa, la misma certificada por un CPA.?
Consulta: «Quisiera en su experiencia aquellos que cuentan con extranjeros con permisos en la categoría profesional extranjero,  si para la renovación de dichos permisos les han solicitado (evitando enviar la planilla) una carta certificando la cantidad y salarios de extranjeros contratados en la empresa, la misma certificada por un CPA. ¿Tendrán un modelo con la información que  el MITRADEL solicita se refleje en la carta? Ya he hecho un par y no han funcionado. Ya que tengo una colaboradora con esta clase de permiso y su abogado le solicita que presente el contrato de trabajo, pero no supo explicar con que fin ya que es un contrato definido por lo que dure su permiso de trabajo.
Respuesta 1: «Siempre me ha funcionado enviar la planilla, en sí es el archivo excel que baja con la pre-elaborada.»
Respuesta 2:  «En nuestro caso siempre se ha presentado la  planilla como tal ya que es lo que revisa MITRADEL en cuanto a los salarios y demás.  Te sugiero que ya que has realizado tantas cartas y te las rechazan, les solicite a ellos directamente el formato. El tema del contrato, puede ser porque cada vez que se va renovar el permiso de migración y el permiso de trabajo solicitan el contrato actual que la persona tiene.»
Respuesta 3: «Entre los requisitos está el Contrato de Trabajo con la clausula de duracion por un año, a partir de la aprobacion del permiso de trabajo expedido por MITRADEL y es para evidenciar q el extranjero cuenta con una propuesta de empleo. Y la certificación por un CPA con toda la información de la planilla; número de extranjeros, salarios, tipo de permisos de trabajo y otros datos.»
Respuesta 4:  «Les comparto el modelo que usamos para estos casos, el modelo fue dado por el Ministerio de Trabajo en el año 2015.» CERTIFICACION PERSONAL EXTRANJERO_MODELO 2015
Fuente Givi 2017

¿Una empresa puede  mantener a un colaborador por planilla y servicios profesiones, en el mismo patrono?

¿Una empresa puede  mantener a un colaborador por planilla y servicios profesiones, en el mismo patrono?

Consulta: «¿Una empresa puede  mantener a un colaborador por planilla y servicios profesiones, en el mismo patrono? Si se realiza un contrato por servicios con una razón social diferente del mismo grupo y se renueva ¿Crea algún  lazo de permanencia? Estas son posiciones media y de mando superior. Les hago la pregunta, ya qu el abogado me indica que puedo mantener a un personal administrativo bajo ambas figuras , le indique  que solo es posible llevarla de esta manera si es lo por otra razón social.

 

Respuesta 1: «No es sustentable ante los ojos de un auditor, porque es básico que cualquier trabajo que su empleado le desempeñe fuera de su horario se le consideran horas extras ya que El es su empleado. »
Respuesta 2: «Una persona en planilla, regida bajo un horario, no puede ni debe estar bajo servicio profesionales.  Frente un disgusto o mala voluntad de este fácilmente te puede demandar y exigir lo dejado de computar por esa porción bajo concepto de servicios profesionales. Adicionalmente, ninguna posición de índole operativo puede estar bajo concepto de servicios profesionales, sí es este tipo de posición.
Sólo encaja bajo esta categoría, una auditoría, servicios de tipo legal, consultoría o asistencias en particular por profesional idóneo, ya sea estudios de mercado, consultorías en rrhh, ingenieros, por citar algunos ejemplos; y además no es cualquiera que entra bajo figura de servicios profesionales.  Un contrato de servicios profesionales, no tiene ningún parecido a uno de trabajo.  Su redacción y desarrollo son distintos. Reglamento interno. Recuerda que obra determinada es un contrato laboral. Servicios profesionales, es servicios profesionales, no tiene otro nombre.»

Respuesta 3: «Tú estás en lo cierto…el abogado debe ser que no entendió bien»

Respuesta 4: «No se puede tener a un colaborador bajo dos figuras contractuales, o está en planilla con contrato de trabajo o está en outsourcing por servicios profesionales, pero paralela no es legal. Servicios contables legales de mensajería y otros caben como servicios profesionales. Personal idóneo. La diferencia entre un colaborador por contrato y un colaborador por servicios profesionales es que el segundo no está supeditado a subordinación jerárquica ni horaria.»

Respuesta 5: «Sólo puede estar bajo *una sola* figura, el contrato no debe indicar horario si es servicio profesional,  el mitradel tiene modelos que uno puede solicitar y así saber que esta todo como ellos lo estipulan son contratos muy distintos.»

Respuesta 6: «Servicios profesionales es por obra determinada o tareas y por cumplimiento no por horario»
Fuente Givi 2017