Al ingresar a la empresa un colaborador con (VIH) y llenar el formulario de empleado nuevo , ¿Se le puede preguntar si padece alguna enfermedad , debe señalar que tiene VIH o es un tema personal?
Respuesta #1
La persona tiene que señalar su condición ya que eso debe quedar en el expediente o historial del colaborador.
Respuesta #2
Es muy personal y todos sus documentos deben reposar en el expediente bajo confidencialidad.
Respuesta #3
La Ley Nº 68 de 20 de noviembre de 2003, “Que regula los Derechos y Obligaciones de los Pacientes, en materia de Información y Decisión Libre e Informada”, y su reglamentación mediante el Decreto Ejecutivo Nº1458 de 6 de noviembre de 2012, establecen los derechos de los pacientes en Panamá.
Hay alguna norma o ley que proteja al personal con enfermedades crónicas como VIH?
Respuestas:
-No se puede despedir personas con VIH, cáncer o enfermedades degenerativas, cuando se les agota su fondo de incapacidad, la CSS les paga y cuando fallecen entregas la liquidación a sus familiares si tienes una causal deben consultar en mitradel antes de proceder un tramite tipo desafuero.
-Tengo el caso, el trabajador nos comunico y nos documentamos y en efecto tienen una especie de fuero. Nuestra experiencia ha sido buena ya que el trabajador esta mas activo que nunca y con buenos resultados.
-Sí, es q no estamos hablando de despido. Sino cómo la empresa es notificada formalmente de la condición? En
El medico le expide una certificación. Si es que existe constancia de sus recetas o tratamiento, también son validas. Normalmente es la triple terapia su tratamiento. Va mucho en lo que dialoguen con el y como se maneje el caso.
Fuente: Givi de Panamá