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Category Archives for "Permisos de Trabajo"

¿Los Trabajadores con cédula E deben tener permiso de trabajo?

¿Deben tener permiso de trabajo las personas con cédula E? ¿Y Cuánto tiempo duran estos permisos?

Respuesta #1

Si, los trabajadores con cédula E deben tener permiso de trabajo, el tiempo va a depender de cada caso o tipo de residencia que tenga la persona.

Respuesta #2

En la siguiente imagen se muestra el tiempo que duran los permisos de trabajo según el tipo de residencia.

Extranjero contratado por outsourcing sin permiso laboral

business, technology and office concept – older man and young man having argument in office

Consulta:
«Tengo una situación complicada. Trabajador entra a trabajar, contrato outsourcing. A los 3 días nos percatamos que no tiene permiso de trabajo. Comunicamos al outsourcing pero el trabajador no se quiere ir»

Respuestas:

-Aprovecha a otros para entrar. Y dice q ya es trabajador.

-Y no se le pidió el permiso antes de contratarlo

-Lo tiene que enviar a los outsorcing ellos les tienen que quitar ese problema

-como proceso esto? Una abogada me dice q no me meta. Que el outsourcing es quien debe venir.

-Ellos son sus patronos

-Refuerza con los empleados que con su badge solo deben entrar ellos

-Envía una comunicación genérica recordando que por seguridad hay que asegurarse de que cuando marcan su huella solo entra la persona la que marca

-Sin mas detalles

-Ni un minuto después que el outsourcing lo sepa

Fuente: Givi Panamá

Trámites de renovación de permiso de trabajo colaborador extranjero

Consulta
«Un colaborador extranjero que inició sus trámites de renovación de permiso de trabajo hace casi cuatro meses pero aún no le sale y se le venció. Qué recomiendan hacer en ese caso? El trámite está bien avanzado pero aún no sale»

Respuestas:

-Qué se le venció??

-El permiso de trabajo. Pero antes de que se le venciera, él ya había iniciado el trámite para renovarlo

-El nuevo aún no le sale y el viejo ya se le venció

-En qué pasó está en Mitradel?

-En el 11

-Ya tomó vacaciones?

-Pudieran enviarlo de vacaciones

-Lo inhabilitaron

-Yo tuve un caso así y por coincidencia nos inspeccionaron. Nos tocó presentar toda la documentación en Mitradel y esperar a que saliera finalmente la resolución con el carnet de trabajo

-Y liquidar el primer contrato

-Pero inhabilitaron al trabajador?

-El paso 11 ya casi está por salir y otra correrse el riesgo pero como dice la compañera pueden hacer una inspección

-No

-Hubo alguna sanción?

-Ellos mismos nos dijeron que sabían que estaban atrasados

-Pero si venció su permiso de trabajo también vence su contrato. No lo puedes enviar de vaca lo que puede hacer es liquidarlo y hacer un nuevo contrato pero en donde tienes que colocar la fecha colocas hasta la renovación de su permiso de trabajo. De esta forma es mas saludable

-Y el contrato se lo envía a sellar al ministerio cuanto antes

-Por aquello de que los inspeccionen y adjunta ese comprobante donde indica que va en el paso 11

Fuente: Givi de Panamá

Cuáles son las consecuencias de laborar sin permiso de trabajo?

Ejemplo de un caso:

Una pregunta, hoy hable con un chico que me dice que siempre lo llaman para entrevistas pero cuando dice que es extranjero y tiene residencia permanente la persona que lo llamo le dice contactame cuando tengas permiso de trabajo. El chico me dice que como consigue permiso de trabajo si no consigue trabajo? Que responderían ustedes? El chico es calificado y tiene buenas referencias, pero la empresa en donde laboró cerro y se quedo sin trabajo. Lleva 3 meses buscando trabajo y no consigue porque su permiso de trabajo la empresa se lo quito. Que recomiendan?

Respuesta:

  1. Realmente para tramitar el permiso de trabajo requiere del contrato de trabajo y otros documentos que la empresa que lo va a contratar debe entregarle a los abogados. El tema es que mientras le tramitan el permiso, la empresa corre el riesgo de ser denunciada y multada por Mitradel y el colaborador, ojalá que no, puede ser denunciado incluso a Migración y ellos lo deportan.
  2. Se puede hacer, pero estando claros en los riesgos que conllevan. Si el chico vale la pena, seguro que después que lo apoyen con el permiso, va a ser muy leal.
  3. Pero si el presenta algún documento que sirva de evidencia que esta en tramite; tal vez no caiga en multa la empresa. Seria prudente llamar al mismo ministerio de trabajo para que te asesoren como es la cosa con ellos mismos.
  4. Cae en multa igual. Antes por la categoría de países amistosos te permitían un documento de trámite, ahora no, ellos multan igual.
  5. El contrato debe tener la fecha de ingreso real lo redactan los abogados,es un requisito.
  6. Se debe hacer tramite legal; si esta listo entra, si no, esta las condiciones no es apto, como nos ha acontecido en otra ocasiones. La persona no se presenta. Incluso hay que meterlo en planilla y en la CSS con eso se tramita el permiso.

Fuente: Comunidad Givi de Panamá

Si un colaborador tiene cédula extranjera E- . Debe tener permiso de trabajo?

Consulta:

Si el trabajador tiene Cédula E- necesita permiso de trabajo?

Respuesta:

Se debe revisar su resolución. Puede ocurrir 2 situaciones:

  1. Si tiene mas de 10 años en Panamá o se casa con panameña/o  no cuenta en el 10%
  2. Sin embargo la cédula solo reemplaza el carnet de migración. Lo correcto es que tiene siempre permiso de trabajo.

Datos Importantes:

Recuerden migración da residencia y tribunal la cédula. Mitradel da los permisos de trabajo. Una cosa no tiene que ver con otra.  Puede tener permiso de residencia indefinido pero aun así debe tramitar su permiso de trabajo.

Cédula y permiso de trabajo junto siempre.  Para contratar.  Que tenga cédula.  No quiere decir que ya no ocupara sacar permiso de trabajo.  Cuando mande a sellar el contrato ambos documentos tienen que estar adjuntados.

¿Para la renovación del permiso de trabajo como profesional extranjero  les han solicitado una carta certificando la cantidad y salarios de extranjeros contratados en la empresa, la misma certificada por un CPA.?

¿Para la renovación del permiso de trabajo como profesional extranjero  les han solicitado una carta certificando la cantidad y salarios de extranjeros contratados en la empresa, la misma certificada por un CPA.?
Consulta: «Quisiera en su experiencia aquellos que cuentan con extranjeros con permisos en la categoría profesional extranjero,  si para la renovación de dichos permisos les han solicitado (evitando enviar la planilla) una carta certificando la cantidad y salarios de extranjeros contratados en la empresa, la misma certificada por un CPA. ¿Tendrán un modelo con la información que  el MITRADEL solicita se refleje en la carta? Ya he hecho un par y no han funcionado. Ya que tengo una colaboradora con esta clase de permiso y su abogado le solicita que presente el contrato de trabajo, pero no supo explicar con que fin ya que es un contrato definido por lo que dure su permiso de trabajo.
Respuesta 1: «Siempre me ha funcionado enviar la planilla, en sí es el archivo excel que baja con la pre-elaborada.»
Respuesta 2:  «En nuestro caso siempre se ha presentado la  planilla como tal ya que es lo que revisa MITRADEL en cuanto a los salarios y demás.  Te sugiero que ya que has realizado tantas cartas y te las rechazan, les solicite a ellos directamente el formato. El tema del contrato, puede ser porque cada vez que se va renovar el permiso de migración y el permiso de trabajo solicitan el contrato actual que la persona tiene.»
Respuesta 3: «Entre los requisitos está el Contrato de Trabajo con la clausula de duracion por un año, a partir de la aprobacion del permiso de trabajo expedido por MITRADEL y es para evidenciar q el extranjero cuenta con una propuesta de empleo. Y la certificación por un CPA con toda la información de la planilla; número de extranjeros, salarios, tipo de permisos de trabajo y otros datos.»
Respuesta 4:  «Les comparto el modelo que usamos para estos casos, el modelo fue dado por el Ministerio de Trabajo en el año 2015.» CERTIFICACION PERSONAL EXTRANJERO_MODELO 2015
Fuente Givi 2017

Se cumplen los 3 meses de un trabajador y su jefe le dio el día libre. ¿Qué Hacer?

 

Se cumplen los 3 meses de un trabajador y su jefe le dio el día libre. ¿Qué Hacer?

Consulta: “Hoy se cumplen los 3 meses de un trabajador, pero su jefe le dio libre. ¿Qué puedo hacer? ¿Para aplicar los 3 meses de prueba, la carta la pueden firmar 2 testigos?

‪Respuesta 1: “Se la puedes entregar mañana a primera hora.”

Respuesta 2: “Uff esto es una falla, el Supervisor debió prever esto, o informar a RR. HH, me ha pasado este caso y lo que hacemos es entregar a 1ra hora antes de que ingrese a laborar, pero no debe sentarse o encender la computadora ni nada”

Respuesta 3: “Lo que hacemos a veces es que se la damos 2 días antes con la fecha que le toca, pero 2 días antes, para evitar que se ausenten o incapaciten y se le dice que se le paga hasta el día que finaliza su contrato”.

‪Respuesta 4: “Dígale al encargado de las marcaciones que lo desactive. Para que, si llega y nadie lo ve, no pueda marcar y que vaya directamente a oficina para la entrega de la carta.”

Fuente Givi 2017

¿Rechazo de algún trámite por Visa Profesional o Países Amigos a causa del 10% en planilla en el Ministerio de Trabajo?

¿Rechazo de algún trámite por Visa Profesional o Países Amigos a causa del 10% en planilla en el Ministerio de Trabajo?

Consulta: En referencia a este tema alguno ha tenido rechazo de algún trámite por Visa Profesional o países amigos a causa del 10% en planilla en el Ministerio de Trabajo?

Sabemos que teóricamente los extranjeros con visa profesional y de países amigos no deben presentar la planilla de la empresa ante el Ministerio y no afectan, pero en la práctica cómo les está yendo?

Respuesta 1: Esto es correcto. Por norma general no se les pedía copia de la planilla preelaborada para los permisos que aplicaban como países amigos o profesional extranjero, tampoco suman para el 10%, ahora sí lo están haciendo. Inclusive me notificó un abogado reciente que también están sumando para el 10% y por ello la planilla, aparte de garantizar que estén cotizando.Todo esto es contradictorio, se necesita permiso de trabajo para trabajar en Panamá como extranjero y por otro lado, se necesita demostrar que estás cotizando para solicitarlo, no hablo del contrato porque en su cláusula cajonera en “teoría” el contrato no es válido hasta que se emita la resolución pero sí cotizo y tengo la fuente de empleo (que sabemos están trabajando previamente).

Respuesta 2: Esto se aplica solamente para el permiso de 10%. Para el caso de países amigos y profesional extranjero mi abogada fue a Mitradel y dijo que la única exigencia para la renovación de los permisos son los contractos de trabajo y no necesita presentar la planilla, o sea no necesita respetar el porcentual de 10%.

Fuente Givi Marzo 2017

 

Permiso de Trabajo en Panama Extranjero Casado con Nacional

Esta informacion fue obtenida de Mitradel Ver Articulo Original
TRABAJADOR (A) EXTRANJERO (A)
CASADO (A) CON NACIONAL
A- Poder y solicitud mediante Abogado, en papel simple, original y copia;
B- Certificado de matrimonio en original expedido por lo menos con dos
meses de antelación a la solicitud;
C- Certificado de nacimiento del cónyuge panameño, en original;
D- Certificado de nacimiento de los hijos si los hubiera, en original
E- Certificado expedido por la Dirección Nacional de Migración y
naturalización donde conste el status migratorio del solicitante;
F- Fotocopia legible de la cédula de identidad personal del cónyuge,
autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación;
G- Fotocopia legible del carné de migración y fotocopia legible de la cédula de
identidad personal del solicitante si lo portara, Autenticada por la
Dirección Nacional de Cedulación;
H- Fotocopia legible del pasaporte, en la parte donde conste los datos
generales del solicitante;
I- Cuatro fotos tamaño carné con el nombre del solicitante al dorso.
PARÁGRAFO I: El solicitante debe concurrir en compañía de su cónyuge a la
entrevista que efectuara un funcionario de la Dirección General de Empleo o
de las oficinas regionales del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
PARÁGRAFO 2: Además de la entrevista que se realice tanto al trabajador
extranjero y su cónyuge panameño, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo
Laboral podrá ordenar inspecciones domiciliarias, a fin de detectar si el vínculo
es de conveniencia y evidencia inestabilidad.
PARÁGRAFO 3: Si el trabajador extranjero en su vida conyugal engendrara o
adoptara hijos y enviudara o divorciara, tendrá derecho en virtud de la patria
potestad, a que se le conceda permiso de trabajo, conforme este numeral.
PARÁGRAFO 4: Cuando se solicite la prorroga de esta clase de permiso no
será necesario presentar los documentos señalados en los literales C, D, F, G
Y H.
Fundamento Legal: Artículo cuarto del Decreto Ejecutivo No. 17 de 11 de
mayo de 1999