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Category Archives for "Pre-Aviso"

¿Debo pagar preaviso a colaborador por liquidar con mas de 2 años de labor?

¿A un Colaborador con más de 2 años de laborar y se va a liquidar se le paga preaviso?

Respuesta 1:

Una opción es firmar mutuo acuerdo, de no aceptarla, se le entrega la carta de despido, Igual se le paga todo lo de ley.

Respuesta 2:

Se le incluye el preaviso de un mes, si no tiene causal de despido justificado y aunque sea despido justificado y no se le da la carta para que trabaje los 30 dias, se tiene que pagar preaviso.

Respuesta 3:

No importando que carta firme, hay que pagarle todo lo de ley.

Respuesta 4:

Importante : Mucho cuidado con la carta de despido sin justificación, puede demandar y solicitar salarios caídos.

aunque sea despido justificado y no se le da la carta para que trabaje los 30 días, si se tiene que pagar el preaviso.

Respuesta 5:

Si tiene menos de 2 años se aplica el articulo 212 y no hay sufrimiento para ninguna de las partes, siempre y cuando se le paguen todas sus prestaciones

Respuesta 6:

Si la relación laboral es indefinida y pasa de los 2 años, sino media una causa justificada no se puede terminar, la única manera y que no haya causal es por mutuo acuerdo. Artículo 210 númeral 1 del C.T.

Un ingeniero de proyecto con contrato definido, se le debe descontar la semana de pre-aviso? Y se le debe pagar el 6%?

Consulta:
«Un ingeniero de proyecto con contrato definido presenta renuncia. Se le debe descontar la semana de pre aviso? Y se le debe pagar el 6%?»

Respuestas:

-El 6% es para los empleados sindicalizados (suntracs) un ingeniero no debería estar en el sindicato ??‍♂.

-Si no es así no le corresponde más que décimo y vocaciones proporcionales. Si no da los 15 días de pre-aviso puedes descontar 1 semana de salario.

-No se descuenta pre.aviso porque es una relación definida y estas no llevan prima de antigüedad que es de ahí que se resta la falta de pre-aviso

Fuente: Givi de Panamá

¿Un colaborador puede renunciar estando de vacaciones?

Consulta:

Un Colaborador puede renunciar estando de vacaciones?

Respuestas al caso:

– Es un derecho irrenunciable

– Claro que un trabajador puede renunciar en vacaciones, es su potestad. Lo que el Empleador no puede es despedir

– Esto depende del funcionario que reciba la carta, tengo casos que lo han hecho y no pasa nada y otros donde el funcionario del Mitradel lo entrevista y si le dice que esta de vacaciones le dice que no es correcto y debe esperar reintegrarse; hay quienes también utilizan las vacaciones como pre-aviso.

-En resumen, el trabajador si le es permitido, el empledor no

-Lo mas que podemos es retenerle la semana de salario de la prima.

-Nadie detiene a quien quiera irse.

Fuente: Givi de Panamá