¿Cómo aplicar el acápite 11 del código de trabajo?

¿Cómo aplicar el acápite 11 del código de trabajo?

Consulta: «Tengo un trabajador que se ausento 26 jul-31 jul-2ago estos días fueron descontado de su salario en la quincena del 15 agosto y luego se ausento 12 y 14 agosto. El abogado me dice que como ya se le hizo el descuento de planilla de 3 días no puedo usar como causal el acápite 11 con todos los días que se ausentado. ¿Como ha sido su experiencia en relación a esta causal por favor?.  Ya que el abogado me sale con el tema de que lo estoy sancionando doble»

Respuesta 1: «Es que los días deben ser descontados para poder aplicar la causal de ausencia de lo contrario no puedes aplicarla»

Respuesta 2: «El descuento no es una sanción es un deber que el trabajador fallo al faltar injustificadamente. Se hace el descuento para garantizar y asegurar que el trabajador no hizo reclamo y no trajo ninguna constancia. Luego le das la carta 213 acápite 11 y listo»

Respuesta 3: «La sanción es doble si lo amonestaste. ¿Lo suspendiste por ausencia?. Los descuentos son tu respaldo que falto, acepto la falta y no reclamo»

Respuesta 4: «Yo lo he hecho aún cuando se ha realizado los descuentos en planilla y no he tenido problemas.»

Respuesta 5: «Si lo amonestó  entonces si sería debe castigo y no se debe»

Respuesta 6: «El descuento de una ausencia no es una sanción, por el contrario es tu prueba de que falto, no hubo reclamo y puedes proceder con el despido.»

Respuesta 6: «Para mayor claridad por escrito debes notificar la sanción en base a los días de ausencia y de continuar el trabajador con la práctica, ahí sí puedes proceder entonces con el despido. Que no tengas reclamo de algo, no necesariamente sea el procedimiento aplicar. El procedimiento además de aplicarlo x Código Laboral, también se indica en reglamento interno de así contar con uno.

Fuente Givi 2017