Despido Justificado

¿Existe en el código de trabajo, algún añadido, a la carta de despido justificado lo cual indique que  la persona al firmar no tiene derecho a reclamar, para evitar demandas?

Respuesta #1

Aún la persona firme y reciba el pago, si la misma no procede o la persona tiene algo para argumentar contra la misma. Puede hacerlo. El tiene libre derecho de hacer contrademanda.

Respuesta #2

Eso se estila al colocar en los mutuos consentimientos, pero no en las cartas de despido.