Detalles del permiso para lactancia según Art. 114 del Código de Trabajo
Consulta:
«Para otorgar el permiso para lactancia según Art. 114 del Código de Trabajo, se toman en consideración los 6 meses a partir de la reincorporación de la colaboradora o del nacimiento del bebé?»
Respuestas:
-Estamos otorgando una hora de salida antes del horario normal
-Pero hasta cuándo se le otorga? Hasta el cumplimento de los 6 meses del bebé o de la reincorporación de la colaboradora? En el Código no lo establece…
-Nacimiento del bebé. El fundamento es porque los 6 primeros meses la lactancia es su principal alimento y a los 6 meses ya su dieta cambió porque en el transcurso de este período ya se incorporó otros nutrientes indispensables para su sano desarrollo.
-Si, gracias…acabo de revisar la Ley 50 de 1995, reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo No. 1457 de 30 de Octubre de 2012. Art 37.
Fuente: Givi de Panamá