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Category Archives for "embarazadas"

¿Se puede liquidar a una embarazada en el periodo de prueba?


Respuesta 1:

  Si tiene contrato definido o contrato indefinido con el periodo de prueba y si ella esta dentro del periodo de prueba si se puede despedir.


Respuesta 2:

Si el contrato es definido no la cubre el fuero de maternidad.

Si tiene contrato indefinido aunque esté en período de prueba, tal y como dice el CT debe obtener una previa autorización para proceder al despido.

Este procedimiento consiste en pedir un despido por vía de una de las causales del Art. 213 y esperar una sentencia a favor de la empresa, lo cual constituye la previa autorización.

Su abogado debe saber como se maneja este procedimiento.

Respuesta 3: 

Se debe de probar que NO SABE que ella está embarazada , no la puede despedir por que el fuero la ampara.

 Respuesta 4:


En el artículo 78 hay una jurisprudencia que explica el caso, donde dice que si se puede proceder con el despedido de una mujer embarazada por período probatorio, siempre y cuando no sea por discriminación, la empresa debe poder sustentar que la persona no ha reunido los requisitos correspondientes para continuar con el contrato. Esto es aplicable tanto en contratos definidos como indefinidos. 
Si la persona está en un contrato definido, de igual manera puede ser desvinculada al final de su contrato, aunque este embarazada, pueden verlo en el artículo 74.

¿Cuantas cuotas se deben acumular para que la css cubra un embarazo?

Si una colaboradora con 5 meses de laborar en la empresa , comenta que tiene 4 meses de embarazo.

¿Ese embarazado es cubierto por la caja del seguro social ? , Se entiende que para poder contar con el beneficio del pago de la licencia de maternidad se debe haber cotizado “N” cantidad de meses.

Respuesta 1 :

Sino tiene 9 meses de cuotas cubiertos por la CSS antes de la fecha de embarazo, no lo cubre la CSS , se envía una nota formal para adjudicarlo al patrono.

Respuesta 2:

Debe acumular  9 cuotas, igual si viene de otro trabajo y en el trabajo nuevo no tiene la cantidad de cuotas, la colaboradora debe hacer la aclaración de la continuidad siempre y cuando no exceda de 15 días el espacio para la continuidad. En este caso la CSS prorratea ambos ingresos.

¿Embarazada despedida del trabajo puede pedir reintegro?

¿Colaboradora es despedida de su trabajo y está embarazada pero no volvió y han pasado 3 meses aún puede pedir reintegro?

 Respuesta 1:

 Al tener justificado el tiempo fuera con certificados médicos puede ser válido el reintegro .

La joven tiene 25 días después del despido para notificar al Mitradel, Después de ese tiempo no aplica los salarios caídos, pero si el reintegro y la orden debe venir sellada del Mitradel.

Respuesta 2:

Al MITRADEL debe llevar prueba de embarazo y ultrasonido que determine las semanas de gestación, notificarle por escrito con copia al file.

Con el ultrasonido se determina la cantidad de semanas, el reintegro y solicitan hasta copia de la carta de despido.

Si la joven no ha reportado el embarazo su despido es efectivo.

Respuesta 3:

Art 106

La Liquidación queda como pagada adelantada, no la obligan a devolverla, en otro caso podría devolverla o pagarla en cuotas.

Respuesta 4:

Se debe hacer el aviso de entrada otra vez y complementarias, si no tendrá problemas al solicitar la licencia.

¿Que Consecuencias existen al aplicar abandono de puesto a Embarazada?

¿A una embarazada se le puede aplicar abandono al puesto al 3er día de ausentarse sin notificación alguna?

¿Qué repercusiones tendría por aplicar esta medida?

Respuesta 1:

No es aconsejable, ya que es altamente riesgoso, primero se debe verificar por el medio que sea posible que no tenga un tema de salud, porque si al cabo de algunos días entrega una incapacidad , se tendría un problema gran problema.

Respuesta 2:

Es un proceso y se recomienda Solicitar apoyo a un abogado, ya que se debe pedir autorización de levantar el fuero al Mitradel en el que enviarían un inspector para verificar su ausencia.

Respuesta 3:

Tomar una decisión precipitada ya es el 50% de perder la batalla, se debe documentar todo y al momento que se presente a laborar la colaboradora la misma debe dejar por escrito su excusa de porque no se comunicó hasta el fin de los días. Al momento de accionar esos antecedentes serán muy útiles como fundamentos.

¿Que se debe hacer si embarazada abandona el trabajo?

Al tener una colaboradora embarazada, pero está ausente desde noviembre solo entrego incapacidad hasta el 7 de diciembre. ¿Cómo puedo manejar este caso?

 

Respuesta 1:

Por el tema del fuero hay que llamarla y consultarle que sucedió o a sus familiares.

Respuesta 2:

Notificar al Mitradel con una carta por ejemplo: La joven no ha ido a trabajar sin justificación como abandono y que no se ha despedido y con ese documento esperar hasta que vuelva , no se puede despedir pero se notifica por si acaso.

Respuesta 3 :

En ocasiones vuelven luego de dar a luz con la carta de renuncia o También pueden regresar para seguir trabajando y hay que reintegrarla.

¿Puedo hacer un desafuero o mutuo a una embarazada ?

Al tener una joven embarazada que por sus constantes ausencias y tardanzas afecta toda la operación. ¿Puedo solicitar un desafuero? ¿O intentar hacer un mutuo?

Respuesta 1:

Primero Indagar a ver cómo le va en su embarazo, que le ha dicho su Ginecólogo, de ser un embarazo riesgoso se puede sacar de planilla y contratar a alguien temporal.

Respuesta 2:

Al no estar embarazada como era su rendimiento, si era buen colaborador.

Respuesta 3:

Recalcarle que cada vez que falta debe comunicar y llevar constancia médica, si más adelante a pesar de eso sigue faltando sin causas justificadas entonces se procede al segundo paso, pero eso no garantiza que se pueda sacar, no es tan sencillo.

Respuesta 4:

Reunir y documentar las pruebas para que el abogado pueda sustentar la petición.

¿Se puede hacer una terminación por mutuo acuerdo con una colaboradora embarazada?

Consulta: Una embarazada que firmó un mutuo acuerdo hace 1 mes, ¿puede alegar reintegro en base al Artículo 106?

Respuesta: No puede alegar reintegro ya que llegó a un mutuo acuerdo con la empresa.

El reintegro no aplica puesto que  ella firmó su mutuo acuerdo. Lo que si debe tener en cuenta la empresa es que se deberá pagar el fuero maternal completo en su liquidación ya que esto por ley le corresponde

¿Qué hacer si una colaboradora notifica embarazo al momento de despido?

Consulta: ¿Qué hago si una colaboradora me dice que está embarazada justo cuando iba a despedirla? ¿Es legal solicitarle una prueba de embarazo del laboratorio con el que trabaja la empresa?

Respuesta 1: Se puede solicitar una constancia médica de su embarazo. Debe ser una copia física.

Respuesta 2: Se debe solicitar una certificación médica y el resultado de la prueba que se hizo la colaboradora.

La colaboradora tiene la responsabilidad de notificar a la empresa de su embarazo tan pronto lo sepa. Si no lo hace y revela su estado sólo al momento de recibir la noticia del despido, debe presentar una certificación médica de embarazo.

 

¿Cuánto dura el fuero maternal en el código de trabajo?

Respuesta 1:

En el código de trabajo no se establece un tiempo como tal, sin embargo, los pediatras indican que los bebés deben tener lactancia exclusiva los 6 primeros meses de vida, por esto se toma 6 meses como una opción.

Respuesta 2:

Cuando el bebé tenga 6 meses, si la madre sigue dando pecho una vez pasado este tiempo, el pediatra debe certificarlo.

En efecto el tiempo del fuero maternal es a partir del reintegro, ya hay una definición legal del fuero que es hasta los 6 meses y por referencia del pediatra se puede extender hasta un año.

Toda la información se encuentra en el artículo 72 del código de trabajo.

Una chica que dio a luz y su bebé murió a días de nacido. Que se debe hacer?

Consulta:

«Una chica que dio a luz y él bebé murió a días de nacido, como se maneja el tema de licencia y fuero en esta situación. Hay alguna ley o documento escrito que contemple como actuar en estos casos».

Respuestas:

-Respuesta 1.

-Comparto una experiencia que mantuve hace años, al haber dado a luz automáticamente debe acogerse a su licencia de maternidad, y la misma deberá reincorporarse a sus labores a penas termine la misma.

-Cuando un niño nace forma parte de natalidad, sin embargo, no tiene fuero maternal ya que no su hijo murió.

Respuesta 2:

-Generalmente la licencia continúa sin interrupción. Esto generalmente es muy fuerte de gestionar emocionalmente, la asociación Rafael Piero de la Hoz te apoya a procesar el duelo y los colaboradores cuando se les da este beneficio lo agradecen un montón (salario emocional) y suelen recuperar más rápido el duelo lo que hace que en el mediano plazo vuelvan a ser más productivos.

Respuesta 3:

-En la Empresa hubo un caso muy parecido, y la licencia no se interrumpió. Además de esto se le otorgo vacaciones completas para ayudar un poco más emocionalmente a la colaboradora.

Fuente: Givi de Panamá

Cuánto es el tiempo de lactancia?

Consulta:
«El tiempo de dar pecho cuánto es?»

Respuestas:

-Aparece en el Código laboral, 114

-Creo que sale que hasta los 6 meses del bebé o lo que indique el medico como periodo de lactancia

-El Código NO establece el tiempo es Reglamento Interno o lo acordado con el trabajador por norma General se acuerda 6 meses.

Fuente: Givi de Panamá

Se pueden cambiar las funciones a una colaboradora embarazada?

Consulta:
«Psicóloga es contratada en colegio cómo Home Teacher en el 2016 queda embarazada y tiene su hijo en julio 2017. En inicio del año 2018 le cambian funciones como psicóloga de niños con necesidades y apoyo como teacher . Esta embarazada nuevamente 16 semanas de embarazo y le anuncian el nuevo cargo como asistente de HOME teacher, cargo que no fue contratada. Por favor me pueden dar un consejo si esto es permitido y como proceder , ya que es un trabajo donde implica un esfuerzo físico , constantemente subiendo escaleras y no se ha sentido bien con el embarazo …»

Respuestas:
-El contrato indica home teacher y no asistente de home teacher. Si el embarazo es complicado lo recomendable es que el doctor le haga una nota por escrito con las indicaciones o recomendaciones de lo que no debe hacer para así tomar las previsiones del caso y adaptar las tareas de acuerdo a lo que pueda hacer

-Existe la movilidad de cargos horizontal o sea que esta su mismo nivel, nunca para menor cargo. La movilidad no debe producir desmejora psicosocial.

-En el caso de ella si es por razones médicas o salud por el cuidado del embarazo el médico debe enviar una nota sobre el riesgo de colocarla en cargos que impliquen riesgo para la etapa de gestación y la empresa deberá hacer los ajustes correspondientes.

-Tengo casi el mismo caso, una trabajadora que es mercadería esto implica que debe estar trasladándose de un lugar a otro, tareas de estar mucho tiempo de pies y agacharse y levantar algo de peso.

-El médico envió la nota con las recomendaciones de cuidado y tuvimos que sentarla en escritorio y contratar a otra que haga su trabajo hasta la licencia.

-Gracias a todas ! Cómo entonces se procede , por la desmejora de la posición contratada

-No. Creo que lo mejor que se puede mediar sin conflictos es la nota que emita el médico.

-El riesgo es para la empresa si por realizar ese nuevo puesto la trabajadora pone en peligro su vida y la del bebé.

-No hay que ser tercos en estos casos asegurar el trabajo bien hecho y el cuidado de los empleados. De seguro cuando tomas estas medidas higiénicas la trabajadora va estar más agradecida con la empresa porque le proveyeron trabajo seguro.

-Así es. Es correr un riesgo innecesario.

-Reconsiderar en un puesto donde sea productiva y no se exponga

Fuente: Givi de Panamá

Detalles del permiso para lactancia según Art. 114 del Código de Trabajo

Consulta:

«Para otorgar el permiso para lactancia según Art. 114 del Código de Trabajo, se toman en consideración los 6 meses a partir de la reincorporación de la colaboradora o del nacimiento del bebé?»

Respuestas:
-Estamos otorgando una hora de salida antes del horario normal

-Pero hasta cuándo se le otorga? Hasta el cumplimento de los 6 meses del bebé o de la reincorporación de la colaboradora? En el Código no lo establece…

-Nacimiento del bebé. El fundamento es porque los 6 primeros meses la lactancia es su principal alimento y a los 6 meses ya su dieta cambió porque en el transcurso de este período ya se incorporó otros nutrientes indispensables para su sano desarrollo.

-Si, gracias…acabo de revisar la Ley 50 de 1995, reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo No. 1457 de 30 de Octubre de 2012. Art 37.

Fuente: Givi de Panamá

¿Se puede despedir por causa justificada a una embarazada (Mitradel)?

Consulta: ¿Se puede despedir por causa justificada a una embarazada (Mitradel)?

Caso: ¿Alguno ha pedido aprobación al Mitradel para despedir por causa justificada a una embarazada?

Respuesta: – Es difícil y a veces hay que ir a mesa de conciliación.
– El proceso demora y por lo general se resuelve cuando la embarazada regresa de su licencia.
– »Yo tuve un caso y cuando la trabajadora regreso renunció y el fallo salió a favor de la empresa después de dos meses de la renuncia»
– »Nosotros tuvimos un caso hace poco! No demoró ni 2 meses el proceso en Mitradel y salió a favor de la empresa porque tuvo casi 3 meses de ausencias injustificadas. Le aplicamos abandono. Cuando regresó ya teníamos el proceso en Mitradel y ella nunca puso justificar él porqué no venía a trabajar»

Fuente: Givi de Panamá.