¿En qué caso se paga la Indemnización del 25% o 50%?
¿En qué caso se paga la Indemnización del 25% o 50%?
Consulta: » ¿En qué caso se paga la Indemnización del 25% o 50%?»
Respuesta 1: » En los casos en que ya no podemos usar el artículo 212, si no logras los mutuos entonces habrá que considerar, además de los derechos adquiridos, las demás sanciones que son:
1- 3 meses de salarios caídos
2- 25% de no reintegro (sólo si ustedes no pagan fondo de cesantía.. si lo pagan, estarían exentos de esta sanción)»
Fuente Givi