¿En qué caso se paga la Indemnización del 25% o 50%?

¿En qué caso se paga la Indemnización del 25% o 50%?

Consulta: » ¿En qué caso se paga la Indemnización del 25% o 50%?»

Respuesta 1: » En los casos en que ya no podemos usar el artículo 212, si no logras los mutuos entonces habrá que considerar, además de los derechos adquiridos, las demás sanciones que son:

1-       3 meses de salarios caídos

2-       25% de no reintegro (sólo si ustedes no pagan fondo de cesantía.. si lo pagan, estarían exentos de esta sanción)»

Fuente Givi