Decreto de las enfermedades impide despedir a colaboradores

Al tener un trabajador de mando medio con cinco meses laborando y se desea despedir por 212, El trabajador alega hace una semana sufrir de hipertensión (enfermedad crónica) la cual no se puede despedir por el nuevo decreto de las enfermedades. ¿Cómo se puede despedir? .

Respuesta 1:
Hipertensión no entra dentro de esa categoría.

Respuesta 2:
Se sugiere asesorarse con un abogado.

Respuesta 3:
Al tener el historial de consecuentes situaciones, los llamados de atención son evidencias en que la empresa le ha brindado toda la oportunidad de corregir y no lo ha hecho. Se puede despedir y colocar como referencia todas las notas que se le enviaron y fueron dentro del mismo año y sobre todo ya se dio la última sanción que es la suspensión. ya lo cubriste.

Respuesta 5:

Se despide por la última falta, no por las anteriores y no debe de haber transcurrido los dos meses de la última falta para despedir.