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Category Archives for "Mutuo Acuerdo"

¿Debo pagar preaviso a colaborador por liquidar con mas de 2 años de labor?

¿A un Colaborador con más de 2 años de laborar y se va a liquidar se le paga preaviso?

Respuesta 1:

Una opción es firmar mutuo acuerdo, de no aceptarla, se le entrega la carta de despido, Igual se le paga todo lo de ley.

Respuesta 2:

Se le incluye el preaviso de un mes, si no tiene causal de despido justificado y aunque sea despido justificado y no se le da la carta para que trabaje los 30 dias, se tiene que pagar preaviso.

Respuesta 3:

No importando que carta firme, hay que pagarle todo lo de ley.

Respuesta 4:

Importante : Mucho cuidado con la carta de despido sin justificación, puede demandar y solicitar salarios caídos.

aunque sea despido justificado y no se le da la carta para que trabaje los 30 días, si se tiene que pagar el preaviso.

Respuesta 5:

Si tiene menos de 2 años se aplica el articulo 212 y no hay sufrimiento para ninguna de las partes, siempre y cuando se le paguen todas sus prestaciones

Respuesta 6:

Si la relación laboral es indefinida y pasa de los 2 años, sino media una causa justificada no se puede terminar, la única manera y que no haya causal es por mutuo acuerdo. Artículo 210 númeral 1 del C.T.

¿Puedo despedir a un colaborador que se niega a firmar mutuo acuerdo?

¿Existe alguna causa justificada con pruebas para despedir a colaborador que se niegue a firmar mutuo acuerdo?

Respuesta 1:

Si existen pruebas , procede  con causal pero se debe estar bien seguro según el código y reglamento si esta argumentado..

el mutuo es para prevenir reclamaciones en tema de indemnización y evitas futuras demandas.

Respuesta 2:

Se puede hacer una carta de despido “porque si”.  Simplemente no se menciona ningún causal y se citan Artículos 213 Acapite A y Art 210 numeral 8

Y en la liquidación se debe pagar todas las prestaciones más indemnización al 100% como si fuera despido sin causal.

Respuesta 3:

Si se desea “enviar un mensaje” a la organización por hacer algo malo pero no hay suficientes pruebas.  Se cita la falta en la carta de despido (aunque no se tengan las pruebas), Se Paga la liquidación como despido justificado y al momento en que se demande se pagas la diferencia.   

Respuesta 4:

Se debe tener presente que si no hay causal, el trabajador sino esta de acuerdo con el mutuo acuerdo y no firma para separarlo no se puede obligar.

Respuesta 5:

– Si el colaborador tiene menos de dos años sería artículo 212 , con lo que resulte a pagar por sus derechos.

-Si el colaborador tiene más de dos años y no se tiene causa justificada con pruebas y se niega a firmar el mutuo , se le puede dar carta de despido citando el 210  numeral 8 exponiéndose a demanda y pago de salarios caídos.

-Si tiene más de dos años para separarlo hay que hacerlo por decisión unilateral y cancelar todas las prestaciones a las que tuviere derecho.

Respuesta 6:

-Si lo hace sin pruebas tener presente que si entro después del 10 de agosto de 2005, pudiera reclamar en un juicio hasta 5 meses de salario caídos. Por ende es prioritario plantear en la separación las prestaciones.

¿Puedo hacer un desafuero o mutuo a una embarazada ?

Al tener una joven embarazada que por sus constantes ausencias y tardanzas afecta toda la operación. ¿Puedo solicitar un desafuero? ¿O intentar hacer un mutuo?

Respuesta 1:

Primero Indagar a ver cómo le va en su embarazo, que le ha dicho su Ginecólogo, de ser un embarazo riesgoso se puede sacar de planilla y contratar a alguien temporal.

Respuesta 2:

Al no estar embarazada como era su rendimiento, si era buen colaborador.

Respuesta 3:

Recalcarle que cada vez que falta debe comunicar y llevar constancia médica, si más adelante a pesar de eso sigue faltando sin causas justificadas entonces se procede al segundo paso, pero eso no garantiza que se pueda sacar, no es tan sencillo.

Respuesta 4:

Reunir y documentar las pruebas para que el abogado pueda sustentar la petición.

¿Se puede hacer una terminación por mutuo acuerdo con una colaboradora embarazada?

Consulta: Una embarazada que firmó un mutuo acuerdo hace 1 mes, ¿puede alegar reintegro en base al Artículo 106?

Respuesta: No puede alegar reintegro ya que llegó a un mutuo acuerdo con la empresa.

El reintegro no aplica puesto que  ella firmó su mutuo acuerdo. Lo que si debe tener en cuenta la empresa es que se deberá pagar el fuero maternal completo en su liquidación ya que esto por ley le corresponde

Inclusión de cláusulas de confidencialidad en un mutuo acuerdo

 En la negociación de un mutuo acuerdo para un personal de ventas se puede incluir las cláusulas que no puede divulgar información de precios, clientes entre otros , una vez la persona abandone el cargo. ¿ Esto es viable?

Respuesta 1.

Lo recomendable es firmar acuerdo de confidencialidad al principio para evitar cualquier tema.

Respuesta 2.

Para el futuro puedes confeccionar un acuerdo de confidencialidad que la falta de cumplimento lleva a demanda civil.

Respuesta 3 .

Incluir la cláusula y si puedes colocarlo en el mutuo recordándole que firmaron un acuerdo de confidencialidad.

Es legal retener el cheque a un colaborador que firmó un mutuo acuerdo?

Consulta:
«Es legal retener el cheque a un colaborador que firmó un mutuo y no lo ha cambiado aun pero elimino un proyecto desde la nube de la empresa?».

Respuestas:
-Sus prestaciones no tienen que ver con su acto. Entrega el cheque y demanda por la vía civil

-Si en renuncia es complicado manejarlo.

-A mi me pasó algo como a ti que nos renunció y teníamos información que se iba para empresa de la competencia así que lo que hicimos fue aceptar la renuncia con su pre-aviso y le entregamos todo con esa fecha pero adelantamos la salida al día siguiente que renunció así bloqueamos todo acceso informático y bajamos la probabilidad que sacara cosas o robara información de la empresa para llevarla a la competencia.

-Lo otro es que al ingreso de cualquier nuevo colaborador le haces firmar en el acuerdo de confidencialidad una cláusula que hable de la sustracción de información de la empresa, clientes o proveedores

-Si con el acuerdo de confidencialidad se mitigaba un poco el tema civil y entraría en laboral ?

Se mantiene civil porque pasa después de terminar la relación laboral pero al menos hay un documento firmado por la persona

-Correcto, ese acuerdo es una herramienta para la demanda civil

-Ah perfecto, ese acuerdo se puede incluir en cláusulas en el contrato?

-Excelente práctica. Lo que me sucedió a mi es que el colaborador era cocreador de un proyecto junto con RRHH y lo manejaba en su cuenta personal. Fue una herramienta que desarrollo él para la mejora del departamento pero ahora que se fue quito todo.

-De acuerdo con lo mencionado en estos casos que están con las intenciones de cortar relaciones en personas en puestos muy sensibles la empresa debe ir tomando el control, para evitar estas sorpresas..

-En estos casos que menciona hay empresas que firman acuerdos de confidencialidad y otros amarran las restricciones sobre el derecho de autor de los procesos y documentos creados para la empresa en que dicen que son propiedad de la empresa; estos acuerdos la verdad no se si tienen la validez para una demanda civil. Es bueno asesorarse con el abogado para la creación y validez de estos instrumentos.

Fuente: Givi de Panamá

Despidos por mutuo acuerdo

Caso:
Una amiga realizó un Mutuo Acuerdo solicitado por el colaborador y el mismo firma sin embargo coloca no estar conforme y se retira de la empresa. Ustedes han tenido casos así??

Respuestas:
-Si esta bien redactado el mutuo, una vez q lo firma no puede reclamar nada

-Los mutuos hay una cláusula que uno pone de firmar no tiene derecho a reclamar

-Si, yo tuve un caso similar…el mutuo queda rechazado, y la persona va a Mitradel a poner la denuncia…

-Créanme que sí pueden reclamar si ponen en el mismo que no están conformes…anulan el mutuo

-Y Mitradel lo acepta…proceden con las citaciones y demás

-Y la denuncia procede aunque esté firmada?

-umm, ok. Entonces de seguro se va a Mitradel, aunque él trabajador lo pidió

-Si, a mí me pasó…

-No estaba conforme con el monto que le ofrecieron seguramente

-Si, de seguro era el monto ofrecido. Muchas Gracias Mari Pili

-Para molestar…de paso creen que van a ganar más a través de una demanda, y lo más seguro es que terminen cobrando menos y pagando a un abogado

-Debes tener testigos que no lo despediste estaban negociando un mutuo, porque el va a ir al Mitradel y puede decir que lo despidieron y les puede salir mas costoso. Procura guardar evidencia con testigo que el/ella se retiro por decisión propia y no porque ustedes le hayan despedido.

-Si no llegan al acuerdo entonces se busca o la cifra o una salida con un documento formal; pero no fue que la empresa lo despidió; si el no estaba de acuerdo lo que conducía era regresar a trabajar no irse.

-Si exacto si no lo firma que lo firmen dos testigos porque sino en Mitradel dice que lo despidieron sin darle ningún documento y se forman unos dramas de padre y señor

-No me refiero al mutuo. Considero mejor o levantar un acta con testigos que firmen que se negocio un mutuo, que si se negó a firmarlo usted lo envió a trabajar mientras la empresa no dispone de otra decisión. O bien tener los testigos porque de seguro los van a llamar por demanda; o en el mejor de los casos fue a buscar su carta de renuncia voluntaria.

-Recuerda que todo lo que diga el trabajador es creíble ante el Mitradel hasta que la empresa demuestre lo contrario.