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Category Archives for "Salario"

Nuevo ajuste del salario mínimo

¿Desde que fecha es el nuevo ajuste del salario mínimo en Panamá?

Ver las imágenes de origen

Respuesta 1:

Indicaron que el nuevo ajuste es a partir del día 15 de enero (no la primera quincena de Enero); del día 1 al 14, no corresponde el ajuste.

Respuesta 2:

Por ejemplo, en el cálculo de planilla debe reflejarse del 1 al 14 con la rata por hora de $2,72; el cálculo en planilla para el día 15, debe tener el ajuste del 3.3%.

Respuesta 3:

Si la planilla, cierra antes del 15 de Enero, no aplica el nuevo ajuste.

Respuesta 4:

Informan que estarán llamando a las empresas para aclarar esta información , algunas empresas ya han recibido la llamada de Mitradel.

Aumentos Salariales en Multinacionales

¿Cuáles son los criterios que aplican para aumentos salariales anuales y si aplican aumentos por inflación y costo de vida?

Respuesta 1:

Al momento de hacer el análisis de ajuste salarial, se hace revisando lo siguiente:

-La inflación

-La encuesta salarial  (Revisando el mercado)  (la expectativa de  crecimiento  mercado)

-Si se tiene una política de ajuste salarial

Respuesta 2:

Algunas empresas presentan el presupuesto a un comité de presupuesto, entre los meses de octubre y noviembre del año anterior, para aprobación del presupuesto del siguiente año.

Respuesta 3:

Otras empresas se ajustan anualmente en base a:

–   Tasa de inflación de los países

– Resultados del negocio (cumplimiento de metas del negocio (ventas y revenue)

–  Performance individual.

Siendo el porcentaje de ajuste de este año en promedio (incluyendo 4 países) de 4.2%

¿Cuál es el Tope salarial para la jubilación?

Respuesta 1:

Al tener la edad, las cuotas completas y al hacer el cálculo, El tope salarial es $2500 .

Respuesta 2 :

Por ejemplo, Si devenga un salario de $4000 solo se va a calcular en base a 2500 y de ahí el 60% O sea 60% de 2500 y aun no se llega al tope de jubilación máxima.

Respuesta 4 :

El seguro cobrara 1500 que es el 60% de 2500.

Respuesta 5 :

Para ganar 2500 se debe haber ganado los últimos 10 años ese salario o más pero el máximo del seguro sería 2500.

Respuesta 6:

En el sistema solidario esta y después se aprobó otro sistema diferente de compensación y de cuotas donde se tienen cuentas individuales y la jubilación aumenta.  

Respuesta 7

Leer la Modificación Nº3 Resolución Nº 40,308 – 2008

Este es el documento que sustenta el cálculo de jubilación

¿Puedo disminuir un salario por cambio de posición ?

Al tener una persona  contratada por 2,000$, Pero su posición va cambiar y ganaría 1,500$. 

De aceptar el cambio se liquida y se hace un nuevo contrato. ¿Habría algún problema con ese procedimiento?

Respuesta 1:

El Tema se debe consultar con un abogado o con el ministerio de trabajo.

Respuesta 2:

No se pueden desmejorar las condiciones  de trabajo, pero al cambiarle el nombre a la posición podría tener otro impacto.

Respuesta 3:

Mejor sería contratar a otra persona, ya que al disminuir el  salario podría tener un menor desempeño.

Respuesta 4:

Que la persona aplique voluntariamente  y que el cambio no lo ofrezca directamente la empresa.

 

 

 

Cuál es el recargo por retraso de pago de la bisemana a un obrero de una construcción?

person handing money to another person detail

Consulta:
De casualidad saben cual es el recargo por pago tardío de una bisemana a un obrero de la construcción?

Respuestas:
-Sabe el artículo?

-De la convención que lo dice, en código de trabajo hay algún articulo sobre las peleas.

-Articulo 213

-Revisa te las obligaciones de los trabajadores, no tengo el código a mano creo que es el 127 y en el. Art 213 también habla algo, a ver si te funciona.

-Si en el 213 hay uno que habla de peleas.

-Alguien me ayuda en cual es el articulo que impide pagar vacaciones a 1 colaborador si el asociado esta en riesgo profesional ?

-Hola analia no es un articulo del código es de la misma ley orgánica de la css

-Si el empleado tiene una incapacidad de riesgo que la css va a pagar es imposible reportar al mismo tiempo vacaciones.

-Muchas veces si es un riesgo largo el empleado se desespera esperando los tramites de la css y pide a la empresa dinero de sus vacaciones pero a nivel de planilla no podrías justificarlo y si la css detecta ese pago puede rechazar el pago del riesgo.

-Exactamente es que ese es el punto que ellos no entienden, no es la empresa, de hecho tiene su justificación legal.

-Durante este proceso no se puede reportar ningún tipo d salario, ya que esto puede detener y hasta finalizar el proceso por riesgo.

-Lo que uno puede hacer como empresa para ayudar, es que el mismo solicite un adelanto d vacaciones que puede ser un ejemplo. Esto se maneja como préstamo mediante un documento firmado.

-Es lo único que se puede y cuando se reintegre se rebaja del monto d vacaciones.

Fuente: Givi de Panamá

A un colaborador por jubilación se debe indemnizar?

Consulta:

«Si tengo una colaboradora jubilada. Tiene 57 años y hace 5 meses esta cobrando su cheque de jubilacion, si yo decido liquidarla hay que pagarle indemnizacion?».

Respuestas:

-Correcto la jubilación no es causal de despido ella mantiene sus derechos

-Si alguien le ha tocado un caso así me puede indicar q hacer por favor

-Revisa el articulo 213 b, creo que el numeral es el 3.

-No puedes despedir, mutuo acuerdo o renuncia voluntaria. No hay otra via.

-Recuerda el 213, letra B (No Imputables) creo que el 2 o 3, no recuerdo

-La ley es muy clara

-Si puedes aplicar la causar pero al momento de que el trabajador reciba su primer pago

-Tienes un periodo corto

-Una vez llevé varios cobros se pierde y dependes de que se quiera retirar

Fuente: Givi Panamá

Los jubilados tienen los mismos derechos que cualquier empleado?

Consulta:

Los jubilados tienen los mismos derechos que cualquier empleado?
Tengo el siguiente caso: Para jubilados activos en CIA existe alguna ley que indique que a ellos no se les paga riesgo profesional o incapacidad por enfermedad común?.

Respuestas:

-Hola de ninguna manera, tienen los mismos derechos que cualquier empleado.

-Pero también he conocido un caso de jubilado que no le pagaron el riesgo laboral. Si saben mas al respecto favor aclarar

-En SIPE estamos obligados a reportar a todos los empleados su cuota patronal entonces si la empresa paga no hay ningún problema.

-Cuando rechazan riesgos es por morosidad

-Arreglos de pago que por ejemplo si hice arreglo de pago de cuota de febrero y ese mes hubo accidente estas moroso y no te cubren el riesgo

-Pero para rechazarte el pago debe ser mediante resolución

-He tenido casos que el pago del riesgo demora y viene el empleado a echarme cuentos para que le pague el riesgo y siempre les digo que hasta que no me llegue la resolución no pago nada y al final la CSS aunque se demora si paga si estas al día.

-Eso me queda claro, el caso que le comento es mi mamá y en riesgo le dijeron que no tenía derecho y no por morosidad (trabaja en la Caja de Seguro Social).

-La respuesta fue que por estar JUBILADA no tenía derecho

-Eso esta raro

-Si

-Si como empleada le están descontando la cuota

-Entonces tiene derechos

-Y se lo deben comunicar con resolución

-A veces hay funcionarios antojadizos que no aceptan los riesgos para iniciar el tramite bajo sus criterios y yo no les acepto eso porque no tienen autoridad sino hay resolución formal no lo acepto.

Fuente: Givi de Panamá

¿Cuál es el % apropiado de comisión en ventas?

Consulta:

Cuál es el % apropiado de comisión en ventas

Respuestas:

– Debes trabajar en base de la rentabilidad del negocio y de ahí sacar un % para el vendedor

– El porcentaje se fija según diferentes variables, Puede ser por el margen de ganancia que de el producto. Si es un producto de consumo masivo también varia

– Debes considerar si es un producto o servicio exclusivo

– Depende del negocio. No hay una fórmula universal. Debes entender: Meta de
Negocio en cuanto a: ventas nuevas, retención, up selling… cuando tengas claridad de eso entonces construyes tus variables y eso no lo debes hacer sola. El Director Comercial debe levantarlas contigo.

– Depende del tipo de negocio consideras si colocas un disparador o techo.

Fuente: Givi Panamá

¿Trabajar un domingo pero el colaborador introdujo incapacidad? ¿Qué Hacer?

Consulta:

Si una persona debía trabajar domingo pero introdujo la incapacidad debe pagarse a pesar de no haber venido?; Teniendo en cuenta que los domingos trabajados se le pagan aparte?.

Respuestas:

-Aparte te refieres que se paga por fuera?. o te refieres a que lleva un recargo?

-Si son horarios de lunes a domingo y en su rol de turno le correspondía domingo únicamente le pagas el día por la incapacidad presentada, el recargo de 50% no.

-Si era un trabajo especial de un solo domingo y no fue, no requiere pago.

-No tienes que pagar la incapacidad.

-El recargo

-Ok su horario es de lunes a sábado y 2 domingo al mes

-Este domingo le correspondía laborar?. Si es así, solo le pagas el día el recargo no. Pero igual le asignas su día de descanso semanal.

¿Es correcto descontar salario o vacaciones por días que el personal no trabajara ya que la empresa realizará inventario?

¿Es correcto descontar salario o vacaciones por días que el personal no trabajara ya que la empresa realizará inventario?

Consulta: «Si la empresa requiere cerrar unos días por inventario y hay un personal que va a trabajar y otro que no trabajará, ¿Es correcto descontar salario o vacaciones por esos días que el personal no trabajara?, En el caso de descontar vacaciones firmarían un acuerdo»

Respuesta 1: «El salario se descuenta por ausencia injustificada, este no es el caso por lo tanto no es correcto. En cuantos a las vacaciones debe ser mutuo consentimiento porque después pueden reclamarte que se fueron por necesidad de la empresa, todo va a depender de tus colaboradores»

Respuesta 2: «Lo de las vacaciones me causa duda porque en el código habla de 15 o 30 en cuando al fraccionamiento del disfrute.»

Respuesta 3: «Yo creo que todo es conversar y explicarles y si están de acuerdo. En esto nadie pierde. Diles que tienen dos oportunidades tomar este tiempo efectivo de vacaciones o trabajar en el inventario. A casi nadie le gusta hacer inventario y sobre todo los administrativos. De seguro se van por los días de vacaciones.»

Fuente Givi 2018