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Colaboradoras en el puesto de mercaderistas con menos de 3 meses de haberse contratado en las cuales su contratación especifica el periodo de prueba es de 3 meses.
El jefe inmediato solicita darles de baja por no cumplir con el trabajo registrando un alto ausentismo en los puntos de ventas, se procede a darles de bajas por el periodo de prueba Articulo 78.
Se les avisa telefónicamente para que se aproximen a la oficina, las mismas no se encuentran disponibles en los puntos de ventas y no asisten a las oficinas. Una con más de 30 días y la otra joven con 16 días.
¿Se puede aplicar abandono de puesto?
Respuesta 1:
Algunas
empresas aplican abandono del puesto luego de 4 días de ausencias injustificadas
a las personas que tienen menos de 6 meses, previo intento de llamar a la
persona al número de contacto personales.
-Se Lleva la
carta al Ministerio de Trabajo a sellarlas y se procede a la liquidación.
-Se realiza así por los últimos cambios de SIPE en los cuales se debe dar al empleado de baja en el mes que corresponde.
Respuesta 2:
Ejemplo de gran utilidad para este caso:
Al contratar a
un joven por un período de cuatro meses, el joven no se presentó a laborar
después de 1 mes de haber iniciado, por tal motivo se decidió a procesar su
liquidación casi un mes después de su «abandono de trabajo».
Al cabo del
mes y medio, más o menos, el chico aparece (el período de prueba había vencido)
y se le dijo que como no se había presentado a laborar, que retirara su cheque
de liquidación.
El joven
retiró su cheque y se fue al Mitradel a meter una demanda por despido
injustificado.
Al final
sancionaron a la empresa a pagar el salario de los meses restantes del contrato
por despido injustificado. (Las notas de abandono no tienen mayor validez en
estos casos, y el que no se presenten a laborar, no es catalogado como abandono
de trabajo).
A partir de ese hecho, Al momento en que los trabajadores no se presentan a laborar, simplemente se reporta en el SIPE en «Otras licencias», desde el 1er. día en que dejaron de laborar hasta la fecha de finalización del contrato de trabajo, y en el sistema de planilla queda en suspenso. Al llegar la fecha de vencimiento de contrato, procedemos a efectuar la liquidación y a retirarlos de SIPE.