Archive

Category Archives for "Contratos de Trabajo"

¿Puedo finalizar un contrato al regreso de colaborador incapacitado?

Al tener un colaborador extranjero con un contrato por 5 meses, su fecha de finalización de contrato es el día 12 de marzo del 2020, pero por un accidente en moto se incapacito hasta el 8 de marzo .

¿En caso tal de que se vuelva a incapacitar se puede dar la carta de finalización de contrato?

Respuesta 1 :

Se debe esperar hasta que la persona retorne , entregue la incapacidad y registre la misma y luego de esto hacer el pago de finalización de contrato.

Respuesta 2 :

Se debe de dar por finalizado el contrato, hasta que le levante la suspensión.  El primer día hábil que inicie, o regrese se puede hacer la finalizacion del contrato.

Requisitos para modelos de trabajo remoto (home office).

¿Cuáles son los requisitos para el modelo de trabajo remoto home office?

Respuesta #1

Para el modelo de trabajo remoto (home office) se necesita, una política de tiempo Flexible que incluye el trabajo desde casa. La opción es de 2 veces al mes y se debe completar un formulario en línea el cual debe ser aprobado previamente por la jefatura directa. 

Respuesta #2

Para este modelo quienes aplica son todo el personal excepto, los puestos de recepcionista y mensajero. 

Instrucciones para Registrar un Contrato de Trabajo firmado

¿Cómo registrar los contratos de forma digital?

Respuesta 1 :

Para registar el contrato se puede presentar a MITRADEL, para recibir la capacitación o llamar al 311  para que indiquen los pasos para la firma de los contratos de forma virtual.

Pasos para utilizar la plataforma para el Ministerio de Trabajo

  1. Se debe ingresar a www.panamaenlinea.gob.pa
  2. Debe registrarse primero, cuando termina el proceso de registro la página le envía una confirmación a su correo; en esa confirmación se incluye un link al que debe dar click y luego le redirige automáticamente a la página de inicio de panamenlinea.gob.pa
  3.  Para entrar colocar usuario y contraseña  – click en ingresar
  4. Al ingresar se despliegan muchas opciones con las instituciones entre ellas, la siguiente en la imagen :

Se pueden realizar los diferentes procesos:

Luego de dos días Mitradel, envía el contrato firmado.

¿Cuanto tiempo se requiere para contratar nuevamente a un trabajador?

¿Cuál es el tiempo que se sugiere sea contratada una persona que ya haya laborado anteriormente en la misma empresa?

Respuesta #1

El tiempo aproximado sería de un mes, que esté fuera de la planilla, porque al 11 mes le corresponderá sus vacaciones.

Respuesta #2

Un mes por el año completo, más una semana más, por el proporcional de los 3 años. Más aún , si nunca tomó sus vacaciones.

¿Los contratos de trabajo pueden ir sin las funciones del colaborador?

Respuesta 1:

Algunas empresas solo colocan el cargo y o solo lo especifican en un resumen. 

Respuesta 2:

Se Adjunta al contrato que se le entrega al empleado copia de la descripción de todas las funciones detalladas, La cual debe firmar también.

Respuesta 3:

Antes solo se colocaba «cualquier función análoga al cargo» , pero el Ministerio de Trabajo, devuelve los contratos pidiendo las funciones, por tal motivo se colocan las funciones hoy día.

En la siguiente imagen se muestran artículos del Código de Trabajo

¿Puedo disminuir un salario por cambio de posición ?

Al tener una persona  contratada por 2,000$, Pero su posición va cambiar y ganaría 1,500$. 

De aceptar el cambio se liquida y se hace un nuevo contrato. ¿Habría algún problema con ese procedimiento?

Respuesta 1:

El Tema se debe consultar con un abogado o con el ministerio de trabajo.

Respuesta 2:

No se pueden desmejorar las condiciones  de trabajo, pero al cambiarle el nombre a la posición podría tener otro impacto.

Respuesta 3:

Mejor sería contratar a otra persona, ya que al disminuir el  salario podría tener un menor desempeño.

Respuesta 4:

Que la persona aplique voluntariamente  y que el cambio no lo ofrezca directamente la empresa.

 

 

 

Préstamos bancarios a trabajador con contrato definido

Consulta:
«Tengo un trabajador con contrato definido, presenta trámite con el banco, pero no se lo aceptan. La empresa pretende quedarse con el colaborador, pero cómo lo presentamos ante el banco?»

Respuestas:

-Por lo general los bancos solicitan carta de trabajo y debe decir contrato indefinido si es panameño

-Tendrían que hacer el trámite para que pase a indefinido

-Si ya tomaron la decisión formalicen y el señor no pierde la oportunidad de su trámite bancario

-En mi caso me sucedio y el banco lo que necesitaba era que el personal tiene relacion fija y no temporal

Fuente: Givi de Panamá

¿Existe alguna cláusula que me permita elaborar un contrato por menos de tres meses?

Consulta: ¿Existe alguna cláusula que me permita elaborar un contrato por menos de tres meses?

Caso: ¿Existe alguna cláusula que me permita elaborar un contrato por menos de tres meses? ya sea 1 o 2 meses?

Respuestas:
– No hay impedimento, incluso le puedes establecer 15 días de periodo de prueba.

-Usted puede elaborar un contrato por el tiempo definido que requiera. Siempre y cuando justifique la razón de la duración; que puede ser vacaciones, temporada alta o incapacidad del titular.

-Solo debe redactarlo correctamente.

Fuente: Givi de Panamá.

Cómo proceder ante ausencias injustificadas?

Consulta:
Cómo proceder ante ausencias injustificadas?

Caso:
«Hola tengo una persona que se ausento 18 de marzo, 4 y 9 de abril aun aplica para causal de despido»

Respuestas:

-Si ya se lo descontaste puedes hacerlo

-No, se saco antes porque se incapacito 10 dias

-Si aplica desde el 18 de marzo como día 1 hasta el 18 de abril como final de un periodo de 30 días de ausencias injustificadas

-Una vez consulte lo mismo y me dijeron que Mitradel lo anulo, porque las ausencias debían ser de los 30 o 31 días del mismo mes no de meses diferentes

-El código no indica que deben ser 30 días calendarios

-Exacto además deben ser ratificados en dos pagos quincenales seguidos

-Así es

-No tienes justificación. Son 3 lunes seguidos en el termino de 1 mes o 6 en un año.

-Ahí no esta justificado. Ah o tres días seguidos.

-También pueden ser 3 días alternos en un periodo de 30 días

-Correcto… En este caso los 30 días serian hasta el 18 de mayo

-No tengo el código a mano. Se que habla de lunes incluyendo luego de un feriado y tres días seguidos. Alternos, no creo que no.

-El Código Si dice Alterno. Mañana pueden rectificar. Art 213 acapite 11

-Tres días consecutivos o alternos en un mes

-Día lunes en un mes o seis en un año

-Dos lunes

Fuente: Givi de Panamá

1 2 3