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Yearly Archives: 2017

¿Si un colaborador se enferma en vacaciones, se le deben extender?

¿Si un colaborador se enferma en vacaciones, se le deben extender?

Consulta: “¿Si un colaborador le da varicela durante sus vacaciones debo extenderla?. De ser así, ¿En que artículo del código de trabaja se indica?

Respuesta 1: “El código dice que si te incapacitas durante vacaciones las vacaciones de suspenden y luego se retoman”
Respuesta 2: “Tengo entendido que solo se extienden si la persona estaba hospitalizada”
Respuesta 3: “En efecto sólo dice que se extiende si estuviste en el hospital”

Respuesta 4: “Sección III Artículo 55”

 

Fuente Givi 2017

¿Se les puede hacer una agenda de contrato y cambiar el horario al colaborador por mas horas de trabajo?

¿Se les puede hacer una agenda de contrato y cambiar el horario al colaborador por mas horas de trabajo?

Consulta: “La empresa donde estoy fue comprada hace 4 años y se están elaborando los contratos al personal administrativo en base a 44 horas semanales; esto conllevo a un cambio de gente y solo me quedan 5 personas de la vieja administración que tienen contratos de 40 horas y es un tema cuando hay que hacer algo un sábado porque hay que pagarles sobretiempo por el sábado a medio día; y es por eso que quiero que todos estén bajo las mismas ¿Se les puede hacer una agenda de contrato y cambiarlos a 44 horas? ¿Se entendería como desmejorarles las condiciones de empleo?”

Respuesta 1: “Consultarlo, pero estoy más que segura, que deberás hacer la adenda al contrato con el aumento de las horas, pero al pagarles deberás aplicarle los recargos de sobretiempo correspondiente. A menos que decidan liquidarlos y contratarlos nuevamente bajo las políticas de la nueva administración.”

Respuesta 2: “El derecho a sobretiempo no lo pierden, aún hagas la adenda, es decir, si trabajan sábado hasta medio día igual se les paga sobretiempos por esas horas. Sí se los dejas de incluir, fácil te presentaran una demanda tarde o temprano; porque la adenda es para que sepan que su horario será extendido a 44 horas por requerimientos de la empresa, sólo que por esas 4 horas deberás de reconocer el sobretiempo. Ese derecho no lo pierden.”

Respuesta 3: “La adenda debe estar firmada además por el colaborador.”

Respuesta 4:  “Para no pagar el sobretiempo, es que se les despida y se les vuelva a contratar con las leyes de esta empresa, por el mismo salario, y no es tanto despedir, tocaría hacer la terminación laboral por mutuo acuerdo.”
Fuente Givi 2017

¿Existe algún tope en la Prima de Antigüedad para que cobre Seguro Social y Seguro Educativo?

 

¿Existe algún tope en la Prima de Antigüedad para que cobre Seguro Social y Seguro Educativo?

Consulta: «¿Existe algún tope en la Prima de Antigüedad que luego de “x” monto cobre Seguro Social y Seguro Educativo? En nuestra empresa entregamos la Prima de Antigüedad íntegra, sin embargo hemos evidenciado que en algunos casos al momento de reportar el monto en SIPE se realiza un cobro por Seguro Social y Seguro Educativo.

Respuesta 1: «Según la Ley 51 de la Caja de Seguro Social en su artículo 92, menciona las Excepciones de salarios y entre ellas se encuentra el Prima de Antigüedad;  no se habla de ningún tope.  Pero si te ha sucedido es mejor ir directo al Seguro y consultarlo.»

Fuente Givi 2017

¿Qué es una carta contractual?

¿Qué es una carta contractual?

Consulta: «La carta contractual es una carta propuesta?¿ la carta contractual por qué la aplican?

Respuesta 1: «La Carta contractual de una manera o concepto sencillo, es una afectación que índice en la situación de un contrato puede en un momento ser la rescisión de un contrato o la aclaración del mismo; también puede ser la notificación del inicio de labores.»

Respuesta 2: «La carta contractual también puede ser una manera de cambiar o modificar cláusulas al contrato inicial. En concepto parece una adenda, pero la carta contractual es una previa a los documentos accesorios a un contrato, en muchos casos una aclaración como se manifestó arriba.»

 

Fuente Givi 2017

¿Por cuánto tiempo se aprueba el periodo de Lactancia?

¿Por cuánto tiempo se aprueba el periodo de Lactancia?

Consulta: “¿El periodo de lactancia, por cuanto tiempo se puede aprobar?, tengo una colaboradora que me dice que ella lo va a dar por dos años. Estoy esperando la nota del pediatra.”

Respuesta 1: “Lo he dado hasta 6 meses”
Respuesta 2: “Por 6 meses”
Respuesta 3: “Hasta cuando él bebe cumple los 6 meses”
Respuesta 4: “Lo que indica el código de trabaja es de acuerdo a lo que indique el pediatra mediante una nota”
Respuesta 5: “En principio por 6 meses, y si el bebé lo requiere, mediante nota del pediatra se puede extender lo que haga falta.”
Respuesta 5: “Bueno no sé si 2 años, pero si se de pediatras que son prolactancia materna…”
Respuesta 6: “El bebé debe tener una condición especial que requiera de la lactancia por tanto tiempo”
Respuesta 7: “En mi experiencia si he tenido mamas que han dado por dos años.”

CODIGO DE TRABAJO. Art 5:

 

Fuente Givi 2017

 

¿Es necesario vacunarse para viajar a Colombia desde Panamá?

¿Es necesario vacunarse para viajar a Colombia desde Panamá?

Consulta: «¿Alguien sabe los requisitos para viajar/entrar a Colombia desde Panamá?  Me dicen que debe uno vacunarse contra fiebre amarilla 10 días antes.  ¿Y si debo viajar el lunes?»

Respuesta 1: «Si debes vacunarte»

Respuesta 2: «Pero si viajaras constantemente, procura entonces vacunarte»

Respuesta 3: «En las líneas aéreas te sugieren que te vacunes, yo lo hice pero ciertamente nunca me lo pidieron…sin embargo, por día deberías hacerlo, ya que justo cuando no se hace te lo piden»

Respuesta 4: «Para entrar a Colombia no hay que vacunarse, eso es Brasil por la gran extensión  de selva que tienen allá. Sólo pasaporte.»

Respuesta 5:  «Si viajas constantemente deberías vacunarte para estar prevenida….en Chiriquí uno consigue estas vacunas con el Minsa y en Panamá creo que con el Gorgas…»
Fuente Givi 2017

¿Se paga un recargo de indemnizaciones al liquidar a un colaborador con mas de 10 años prestando servicios?

¿Se paga un recargo de indemnizaciones al liquidar a un colaborador con mas de 10 años prestando servicios?

 

Consulta: Voy a liquidar a 2 personas que tienen mas de 10 años cada una…¿debo pagarles algún recargo en sus indemnizaciones?

Respuesta 1: «Tengo entendido que el 25% adicional, nosotros lo pagamos en mutuo, para evitar temas. La ley indica que en caso de reintegro se puede dar por terminada la relación laboral pagando la indemnización correspondiente más el 50% o 25% dependiendo de la fecha de ingreso del colaborador.»


Respuesta 2: «Si pero el 25% solo es obligatorio pagarlo en caso de Reintegro, luego de un pleito legal.  En el mutuo acuerdo solo es opcional si así la empresa lo quiere dar.»

 

Givi 2017

¿Se puede despedir a un colaborador en periodo probatorio por salir positivo en antidoping?

¿Se puede despedir a un colaborador en periodo probatorio por salir positivo en antidoping?

Consulta: «Voy a sacar a un chico en periodo probatorio que salió positivo en el antidoping. ¿Se puede? Realmente ya lo íbamos a sacar por actitud y comportamiento.»

Respuesta 1: «Si se puede…Pero enfoca la salida por actitud y rendimiento.»

Respuesta 2: «Si la salida inicial es por periodo probatorio mi consejo es que no des mayores explicaciones ya que el que mucho explica después se enreda y más habiendo otros temas de fondo. La ley sustenta la salida por periodo probatorio si lo dejase claro en el contrato y si está dentro de ese periodo. Lo demás que haya pasado mejor no comentarlo porque puede ser sujeto a demandas.»

Respuesta 3: «Hola buen día si es periodo probatorio no se dan mayores explicaciones solamente se entrega la carta.»

Respuesta 4: «En la carta solo debes citar el artículo 78 de periodo probatorio si así lo pusiste en el contrato. Ya no pongas nada más.»

 

Fuente Givi 2017

¿Los operadores de montacargas deben estar certificados?

¿Los operadores de montacargas deben estar certificados?

Consulta: » ¿Qué ley exige que los operadores de montacargas estén certificados. (Dentro de bodega)»

Respuesta 1: «Ley como tal no conozco, pero si un operador se accidenta el SS te puede cuestionar que tengas personas operando montacargas sin la debida constancia de certificación para hacerlo.»

Respuesta 2: «Si tu empresa lo requiere, ustedes lo contratan certificados o ustedes certifican (ustedes como empresa cubren el costo o el empleado)»

Respuesta 3: «Actualmente no contrato operadores pero en otra empresa me tocaba y de hecho los buscábamos con certificación, era requisito indispensable de contratación igual se trataba de una vez al año hacer alguna capacitación con la empresa que también nos brindaba el servicio de seguridad industrial».

Fuente Givi 2017

¿Los pasantes se asignan a la planilla o se les otorga un pago por servicios profesionales?

¿Los pasantes se asignan a la planilla o se les otorga un pago por servicios profesionales?

Consulta: ¿Cómo funcionan los pasantes en sus empresas? ¿Los meten en planilla o les dan un pago por servicios profesionales.?

Respuesta 1: Se les da un pago por servicios profesionales

Respuesta 2: Si está regido bajo un horario, asistiendo regularmente como cualquier colaborador debería ser un salario. Los Servicios Profesionales no se debe aplicar para posiciones de trabajos dentro de las empresas, así como los Servicios externos de contabilidad, legal, asesorías en particulares por una persona idónea, es lo que se puede llevar realmente bajo este tipo de conceptos.

Respuesta 3:Es cierto que hay una regulación nueva que obliga a las empresas a pagarle dentro de la liquidación los descuentos directos.

Fuente Givi 2017

Prima de Producción vs Bono

Prima de Producción vs Bono

 

Consulta: Alguien podría aclararme esta duda respecto a las primas de producción :

  1. Para que se considere Prima de producción y no un Bono , ¿ debe existir algún % especifico de la planilla que esté bajo este esquema?
  2. ¿Existe alguna diferencia entre Prima y Bono?  y ¿cuál es el beneficio de esta diferencia para la empresa?

Respuesta 1: «la ventaja de la prima es que siempre y cuando no sobrepase el 50% del salario base no paga seguro social solo cuenta para el impuesto ejemplo salario 3,000 la prima seria de $1500»

Respuesta 2: «Cabe destacar que no solamente es el salario base para el computo del 50%, sino todo lo que implique salario en el mes en especifico que está recibiendo la prima de producción EJEMPLO:  Salario base + sobretiempo + vacaciones + horas de enfermedad.»

Respuesta 3: «Con la prima de productividad la empresa no debe hacer pago patronal de seguro social y educativo, a menos que la prima sea más de 50% del salario de la persona.

Ejemplo: Si la persona gana $1,000 y su prima es de $300.00  no paga SS, ni SE. (ni el Colaborador, ni la empresa). Pero si su prima es de $600.00 en ese mes, entonces la persona y la empresa pagarán SS sobre $100.00, que es el excedente sobre el 50% de su salario. El salario es $1,000.00, el 50% es $500.00 y el excedente es $100.00 (sobre este excedente la empresa y el empleado pagan seguro social).

La prima de producción, aparte no acumula para indemnización, ni prima de antigüedad. Igual te mando este cuadro con el cual me rijo normalmente; puedes observar cada concepto qué debe cubrir para la CSS, la DGI (ISR) y para el Mitradel. Igual si vas a utilizar primas de productividad debe haber métricas, de lo contrario puedes tener problemas por eso.

 

SUMA PAGADA EN CONCEPTO DE: CSS DGI MITRADEL
Salario base X X x
Comisiones X X x
Bonificaciones X X Sólo para calcular vacaciones, prima de antigüedad, licencia de maternidad.
Primas de producción Siempre que excedan del 50% de un mes de salario X Sólo para calcular vacaciones, prima de antigüedad, licencia de maternidad.
Gratificaciones El excedente de un mes de salario X Sólo para calcular vacaciones, prima de antigüedad, licencia de maternidad.
Aguinaldos El excedente de un mes de salario