Inicio del Fuero Maternal
«El tiempo se contabiliza desde el momento que la trabajadora se reincorpora a sus labores en la empresa y no desde que nace el bebe, por ejemplo si la trabajadora toma sus vacaciones apenas termina su licencia de maternidad el tiempo debe contabilizarse una vez se reintegra de las mismas.
La confusión puede existir por que el articulo 113 en su momento decía que era desde el momento que el bebe nace, pero esto fue declarado inconstitucional en 1973, lo que tiene muchos años de no tener vigencia y lo que aplica es el Artículo 72 de la Constitución Nacional que lo establece claramente.»
¿Cómo egresar a un colaborador en licencia de maternidad por falsificación de la firma de su supervisor?
Consulta: “Tengo un caso delicado con una colaboradora embarazada que es la secretaria del gerente administrativo. Ella actualmente está de licencia, pero acabamos de recibir una llamada de una financiera donde nos indican que la colaboradora pidió un préstamo por 6mil dólares y que era por descuento directo y tenía un atraso en sus pagos de 2 meses. Nosotros les indicamos que no teníamos ningún documento para descuento y ellos nos remitieron vía email un documento donde se encontraba la firma falsificada del gerente administrativo y con el sello de la compañía. Obviamente ya no la quieren de regreso. ¿Como podríamos proceder en este caso
Respuesta 1: “El abogado laboral debe presentar un desafuero ante el mitradel y la despiden justificadamente una vez se reintegra.”
Respuesta 2: “Mientras este de licencia, pienso que nada a nivel laboral. Deben esperar a su retorno. Sí hay causa penal, pienso que sí pueden hacer las denuncias pertinentes. Lo mejor es hacer las gestiones a través del o los abogados de la empresa; lo que decidan hacer, ya deben tener todo decidido para concretarlo apenas la persona regrese ní dejar que llegue a su puesto. Directamente debe ir a RRHH a su regreso.
Respuesta 3: “En mi opinión de cómo proceder en ese caso debido a que hay pruebas. Si a su regreso ahora no se puede hacer nada.”
Respuesta 4: “No deben hacer nada hasta su regreso, y prepárese para hacer un mutuo acuerdo ya que si no desean trabajar más con ella esa será su única alternativa.”
Respuesta 5: “Por ley debe esperar el día que ella regrese para ejecutar cualquier acción. Yo pediría un desafuero con la cláusula 213 acapite 5 de probidad honradez. Claro está debes tenerla en la empresa hasta que el Juzgado Laboral autorice el despido, pero mandas un mensaje alto y claro a los otros trabajadores de la empresa. Sino un mutuo acuerdo sin indemnización, pero dudo que te lo quiera firmar, solo diciendo que no interpondrás una denuncia penal por falsificación de firma a lo mejor te lo firme. Cuando el trabajador está de licencia o de vacaciones no se considera los 2 meses, quedan suspendidos y se toma en cuenta al regreso.
Respuesta 6: “Donde trabajo aplicamos la medida y tardo varios meses la respuesta para proceder. Deben estar preparados para esa espera.”
Fuente Givi 2017
¿Cómo solventar una falla de salario en la ficha, siendo el error por parte del Seguro Social?
Consulta: “Necesito me orienten con una situación: hoy recibí las fichas del seguro social y revisando veo que la ficha de mi Gerente General está mal detallada en salario es decir el gana X y le colocaron una cantidad menor, parece que se comieron un número y eso hace que el salario salga mucho menor, (esto desde agosto de 2016), ¿A alguno de ustedes le ha pasado? ¿Qué han hecho? . Revise las pre elaboradas y el salario está reportado como debe ser.
Respuesta 1: “Haz la consulta (no creo q tengas que hacer complementaria porque eso fue un error de impresión de ellos) pero que te orienten si te los reimprimen o dan una carta al empleado con la aclaración por si necesita usarla para algún crédito”
Respuesta 2: “Cuando eso sucede hay que hacer una carta señalando el error, desde cuando viene sucediendo y como debe ser corregido, adjuntando todas las planillas donde se refleja todo correcto por parte de la empresa, pero no así debidamente reflejado en la ficha.”
Respuesta 3: “Debes darle seguimiento, hasta que la ficha quede corregida y guardar todo debidamente en expediente.”
Fuente Givi 2017
¿ Se cancelan viáticos por distancia?
Consulta: «¿En el código de trabajo dice algo de los viáticos por distancia?
Respuesta 1: «Solo dice que hay que cubrir el gasto»
Respuesta 2: «Si, a los 10 Km»
Respuesta 3: «Aparece en el Art 129 del código de trabajo»
Fuente Givi 2017
¿En qué caso se paga la Indemnización del 25% o 50%?
Consulta: » ¿En qué caso se paga la Indemnización del 25% o 50%?»
Respuesta 1: » En los casos en que ya no podemos usar el artículo 212, si no logras los mutuos entonces habrá que considerar, además de los derechos adquiridos, las demás sanciones que son:
1- 3 meses de salarios caídos
2- 25% de no reintegro (sólo si ustedes no pagan fondo de cesantía.. si lo pagan, estarían exentos de esta sanción)»
Fuente Givi
Empresas deben implementar regulaciones para desarrollo de la tendencia laboral.
Por Revista Summa
El teletrabajo está evolucionando a una rama llamada “smart working” o teletrabajo
inteligente. Esta modalidad propone que los trabajadores no sólo pueden laborar desde
sus casas sino que lo pueden hacer en espacios que estén adaptados con las necesidades
diarias de las empresas e instituciones, así como administrar con mayor autonomía su
propio tiempo, respetando las fechas de entrega convenidas.
Esta evolución amerita que los colaboradores puedan desempeñen sus actividades en
lugares no tradicionales, como oficinas compartidas de negocios, o en un restaurante o
cafetería, siempre que cuenten con acceso a internet para estar conectados y cumplir con
sus objetivos, sin tener una jornada laboral rígida establecida.
Juan José Cheng, asociado de Nassar Abogados e integrante de la práctica en Derecho
Laboral de dicha Firma, considera esencial que este tipo de forma de trabajar se base en
una normativa o política interna emitida por las empresas e instituciones, para así evitar
conflictos en las relaciones laborales, especialmente porque no existe regulación legal
específica sobre el tema.
Cabe destacar que el teletrabajo y otras modalidades similares tampoco fueron objeto de
regulación por parte la recién estrenada Reforma Procesal Laboral.
“El smart working surge como una alternativa que permite que el trabajador realice sus
labores en forma remota, pero ya no es trabajo que necesariamente se debe hacer desde
la casa, como se ha acostumbrado con el teletrabajo, sujetos a un horario con plena
disponibilidad para responder como si estuvieran en la oficina. Más bien, el “smart
working” se puede desempeñar desde cualquier sitio que tenga las condiciones. Hay
personas que usan esta modalidad el cien por ciento de su tiempo, y lo hacen desde
aeropuertos, hoteles o espacios abiertos, obligando a un cambio cultural en las compañías
para que den libertad de priorizar las obligaciones y objeticos que cada persona tiene”,
apuntó Cheng.
También mencionó que el “smart woking” y el teletrabajo son formas de laborar que no se
pueden adaptar para todos los puestos, otro punto por el que es necesario una directriz interna de cada empresa, en la que se clasifique cuáles puestos son elegibles para estas modalidades.
“La asesoría jurídica evalúa cuáles son los requerimientos de la empresa, se identifican los
riesgos, se analizan las regulaciones legales aplicables, porque si bien es cierto no hay
normas legales puntuales sobre el tema, lo cierto es que esa política interna debe ser
compatible con la regulación vigente para no causar contingencias”, explicó el
especialista.
En la normativa interna a implementar, las empresas e instituciones públicas deben tomar
en cuenta las regulaciones en torno a las jornadas laborales, las horas extra, las
vacaciones, y hasta los costos asociados a l conectividad al servicio de Internet, telefonía
móvil o los equipos tecnológicos, si estos serán costeados por la empresa o por el
colaborador, entre otras.
Esta forma de trabajo trae beneficios tanto paralas empresas como para los
colaboradores. En el caso de las compañías se logra la reducción de los costos y colabora
con la protección del ambiente en la medida que reduce el consumo de energía, papel y
espacio físico.
Los trabajadores, por su parte, estarán más motivados a laborar en espacios en los que
sientan más libres y con menos presión y además perciben ahorro en sus gastos, y pueden
administrar su propio tiempo, generando más espacios de interacción con su familia y
relaciones personales.
Recomendaciones para un reglamento de la gestión del “Smart Working”
Fuente Givi 2017
Subsidio a un colaborador por la pérdida de un hijo
¿Cómo realizar una transición de empleados de una empresa a otra?
Consulta: «¿Cómo realizar una transición de empleados de una empresa a otra?. Debo pasar todo mi equipo de aseo a otra razón social, ¿Esto se puede hacer por medio de adendas? ¿Debo liquidar todo el personal?»
Respuesta 1: «Tienes dos formas: liquidando y recontratando ó con la nota patronal de la nueva razón social que absorbe los pasivos laborales.
Respuesta 3: «Puedes liquidarlos y recontratar en donde empezarían de cero. Pero también puedes no asumir el costo de la liquidación, realizando una sustitución de patrono, en la cual le das una carta al empleado, en donde firman los representantes legales de ambas empresas, la anterior y la nueva y por supuesto el empleado. Es totalmente legal y transfieres los pasivos del empelado de una compañía a otra.»
Givi 2017
¿Cuánto es el máximo de días que puedo suspender a una persona?
Consulta: ¿Cuánto es el máximo de días que puedo suspender a una persona?
Respuesta 1: «Son 3 días»
Respuesta 2: «Si tienes Reglamento Interno.»
Respuesta 4: «Es de 3 días si está estipulado en el reglamento interno»
Respuesta 5: » Es de 1 a 3 días según el Reglamento Interno»
Fuente Givi 2017
¿Cuánto está actualmente el salario mínimo?
Consulta: «¿Cuánto está actualmente el salario mínimo?»
Respuesta 1: «Depende del sector económico»
Respuesta 2: «Este es el link donde el mitradle tiene la tabla de salario mínimo http://www.mitradel.gob.pa/ salario-minimo/ »
Fuente Givi 2017
¿Cuál artículo del Código de Trabajo indica que es causal de despido el trabajar en periodo de vacaciones en otro lugar de trabajo?
Consulta: «¿Cuál artículo del Código de Trabajo indica que es causal de despido el trabajar en periodo de vacaciones en otro lugar de trabajo?»
Respuesta 1: «No sé dónde diga, ¿pero por qué sería causal de despido? No creo que hay nada ilegal en tener dos empleos. Si es por ausentarse o enfermarse sin incapacidad, es distinto, a mi parecer.»
Respuesta 2: «Creo que el único problema es que sea una competencia desleal»
Respuesta 3: «El código de trabajo indica como prohibiciones del trabajador: laborar para otro empleador durante las vacaciones, periodos de incapacidad o licencia remunerada, lo dice el Artículo 127, numeral 11. Entiendo que es más bien por un tema de riesgo profesional por si el trabajador se accidenta durante el trabajo en las vacaciones y quien cubre la incapacidad como patrono, por eso la prohibición»
Fuente Givi 2017
¿El juzgado de familia o alguna institución ayuda psicológicamente en casos depresivos por matrimonio?”
Consulta: “Tengo un trabajador que se casó con una colombiana en diciembre por lo civil, después descubrió en enero porque escucho una conversación, que la joven no lo quería y que solo se había casado con él para arreglar sus papeles, eso lo tiene desde entonces sumamente deprimido y la joven solo llega a casa a dormir. Él nos presenta la situación a la empresa porque cada vez lo vemos más decaído, ¿Saben si el juzgado de familia o alguna institución que ayuden psicológicamente en estos casos?”
Respuesta 1: “Debería denunciarla y anular el matrimonio, en el caso de la ayuda psicológica y legal la universidad de panamá tiene oficinas de asesoría. La de psicología está en curundú en el domo y la de legal está en la facultad de derecho en Transismica. Pero debe asesorase en los dos frentes no solo el psicológico porque hasta él puede ser acusado de casarse por interés. Migración podría acusarlo de cómplice de ella.”
Fuente Givi 2017
¿Existe alguna regulación que me permita exigir a los colaboradores que se vacunen?
Consulta: “Considerando las ausencias por resfriado mi gente de operaciones quiere colocarle la vacuna a todo el personal, cubriendo los gastos nosotros mismos. ¿Existe alguna regulación que me permita hacer esto? ¿Puedo exigirle al colaborador que se deje colocar la vacuna?”
Respuesta 1: “Para nada, se puede exigir que se la pongan. Son aspectos médicos y cada persona puede reaccionar distinto a la misma. Eso es una atención o facilidad que brinda la empresa, pero de ahí exigirles es otra cosa. La empresa o persona que obliga a ponerla sería responsable de cualquier cosa que le pueda suceder por la reacción que pueda tener a esta.”
Respuesta 2: “Pero si puede gestionar con CSS están vacunando de forma gratuita”
Respuesta 3: “Colocar la vacuna es un beneficio pero no es garantía que no se resfríen ni que dejen de ausentarse. No puede hacerse obligatorio porque tengo entendido que hay personas alérgicas que no la toleran. Deben hacer un censo de quienes se la colocarán para que la empresa compre las vacunas exactas. Es mi opinión”
Respuesta 4: “Debes venderlo como un beneficio, pero debes avalarlo con un médico de cabecera, por las diferentes reacciones, que se pueden presentar.”
Respuesta 5: “Pero gestiona con una policlínica o CSS”
Respuesta 6: “Por medio de una jornada de vacunación coordinada con CSS se hace más fácil y se puede cubrir la mayor parte de la población…es más podrías hacer de esas jornadas un hábito todos los años”
Fuente Givi 2017