Una colaboradora con 12 años de laborar falleció.¿Cómo es el procedimiento para el pago de su liquidación?
Respuesta 1:
Revisar artículo 155 y 156, del código de trabajo.
Respuesta 2:
Hay que consignar la liquidación en un juzgado de trabajo.
Respuesta 3:
Realizar la liquidación y verificar si hay un proceso de sucesión testada o intestada andando.
Respuesta 4:
-Solicitar en el Banco Nacional los requisitos sobre liquidación de persona fallecida.
-Comprar un depósito judicial, que se debe diligenciar y llevarlo a Banco nacional para comprar un cheque de gerencia a nombre del Banco Nacional quien será el que custodie el dinero.
– Llevar una carta con toda la documentación de la persona fallecida y de sus herederos al Juez de Trabajo de la Primera Sección en Turno.
Respuesta 1:
Al tener la edad, las cuotas completas y al hacer el cálculo, El tope salarial es $2500 .
Respuesta 2 :
Por ejemplo, Si devenga un salario de $4000 solo se va a calcular en base a 2500 y de ahí el 60% O sea 60% de 2500 y aun no se llega al tope de jubilación máxima.
Respuesta 4 :
El seguro cobrara 1500 que es el 60% de 2500.
Respuesta 5 :
Para ganar 2500 se debe haber ganado los últimos 10 años ese salario o más pero el máximo del seguro sería 2500.
Respuesta 6:
En el sistema solidario esta y después se aprobó otro sistema diferente de compensación y de cuotas donde se tienen cuentas individuales y la jubilación aumenta.
Respuesta 7
Leer la Modificación Nº3 Resolución Nº 40,308 – 2008
Este es el documento que sustenta el cálculo de jubilación
Respuesta 1:
Legalmente toda hora trabajada adicional es considerada como hora extra y debe ser remunerada.
Respuesta 2:
El concepto se maneja en la empresa pública, pero en la empresa privada esa condición no aplica , solo el término de personal de confianza.
Respuesta 3:
El tiempo compensatorio en la empresa se maneja cuando el colaborador trabaja un día nacional o un día feriado. Este día se paga con tiempo y medio y de ser asi el trabajador tiene derecho a un día adicional (no remunerado) a su día libre en el que la empresa se lo asigna o puede negociarse con el trabajador si desea pagarlo junto a su día de descanso semanal.
Respuesta 4:
Las horas extraordinarias es otro termino distinto al compensatorio.
Respuesta 5:
Se pueden negociar aspectos en pactos sindicales, pero al no existir un grupo sindical la ley no habla prácticamente sobre el tiempo compensatorio para la empresa privada, solo entra a un plano de riesgo con el personal ya que el código de trabajo solo lleva al artículo de horas extras.
Respuesta 6:
Haya sindicato o no el tiempo compensatorio aplica para todo trabajador de empresa pública o privada.
Respuesta 7:
Consultar al ministerio de trabajo via web ya que si está pactado en el ministerio de trabajo aplica a todos ya que el colaborador puede demandar es caso de que se viole esto.
¿Si un colaborador no da los 15 días de pre-aviso, se debe descontar como penalidad una semana de salario y para el cálculo de liquidación descontar seguro social, seguro educativo o no lleva deducciones?
Respuesta 1:
La semana se descuenta de la prima de antigüedad, por ende, no tiene deducciones sociales.
Documento para interesados en resolver problemas de horas extras con el personal de la empresa.
¿Existiría algún tema con el MITRADEL?, ¿Solicitan alguna información adicional?
Respuesta 1:
Se ha enviado a Mitradel a sellar contratos de trabajo pasados más de 6 años.
Se Efectúan las consultas mediante vía telefónica, y sólo Mitradel solicita una carta.
Respuesta 2:
En la carta se explica los motivos de la demora en ese proceso, y sin ningún inconveniente son sellados.
(adjunto modelo)
¿Cómo es el pago a un colaborador por un domingo laborado de 12 horas, luego de haber sobre pasado la novena hora semanal?
Respuesta 1:
El domingo debe pagarse a 1.5 más el recargo de 0.5 de un día ordinario por no compensarle otro día libre en la semana.
Respuesta 2:
Los domingos no son considerados como jornada extraordinaria, sino como un día de descanso que se trabaja y por ende tiene un recargo especifico.
Respuesta 3:
Si ese domingo la persona labora más de la jornada se le debe pagar las horas extras con el recargo del 75%.
Respuesta 1 :
No , ni las comisiones, ni los bonos.
Respuesta 2 :
No es recomendable ya que no es algo fijo .
Respuesta 3 :
Al no llegar a la cuota y no se paguen las comisiones el colaborador puede reclamar que es una obligación en su contrato.
Al llamar a un colaborador para un trabajo (ya después de horas laborales), este solo dura 15 min, sin embargo coloca 3 horas en las horas extras, alegando que ese es el mínimo que se debe pagar por llamar a un trabajador.
Respuesta 1:
El Colaborador confunde el hecho de que no debe laborar más de 3 horas extras diarias ni más de 9 a la semana.
Respuesta 2:
Al ser llamado se entiende que no es un día o tiempo de trabajo activo , se le podría considerar el tiempo de la distancia de venir e ir, el tiempo laborado y hasta la alimentación, por su buena disposición.
Respuesta 3:
La Relación debe ser ganar ganar, si no se compensa de seguro en otra ocasión no asiste.
Respuesta 1:
No, Se debe ir a Clayton a realizar la salida con la liquidación del colaborador y la cédula de identidad personal.
Respuesta 2:
Pasado un mes , sí se permite hacer el aviso sin problemas.
Respuesta 1:
Sí, pero encapsulado, para que no use Youtube ya que consume ancho de banda.
Respuesta 2:
Depende de la empresa en algunos casos los colaboradores están conectados al Wifi de la oficina sin ninguna restricción.
Respuesta 3:
En otros casos están bloqueadas las RRSS en las desktops (excepto para departamentos de mercadeo y ventas) y para poder tener acceso a ellas el sistema solicita autorización al líder inmediato.
Una empresa quiere brindarle un mutuo acuerdo a un colaborador que tiene 11 años y 9 meses trabajando en la empresa.
¿Aparte sus vacaciones proporcionales, décimo proporcional, prima de antigüedad e indemnización de sus salarios acumulados le corresponde alguna otra recarga?
Respuesta 1:
No le corresponde ninguna otra recarga.
Respuesta 2 :
Solo le corresponde otra recarga , al menos que tenga días pendientes después de la última quincena.
¿Puede funcionario de Mitradel solicitar información directa de la empresa a recepcionista , por ejemplo : control de personal, horas extras etc?
¿No debería solicitar hablar con un responsable?
Respuesta 1:
-Identificados como funcionarios pueden solicitarlo, el que proporciona la información no es la recepcionista si no el área competente.
Respuesta 2:
-Existen políticas internas para quien únicamente los reciba y atienda sean los Gerentes, Recursos Humanos o en su ausencia Planilla.
Una colaboradora por temas de Maternidad siendo de nacionalidad Española, requiere retirarse por 2 años antes de su jornada laboral regular, o sea solo laborará 6 horas diarias.
¿Le puedo hacer una adenda a su contrato reduciendo temporalmente su jornada laboral? (esto incluye descontarle las horas de permiso) .
Respuesta 1:
Si la joven puede entrar a trabajar más temprano se le hace una adenda en el horario.
Respuesta 2:
Permiso Remunerado por todo ese tiempo , ya que al reducir las horas laborales puede aducir en un futuro desmejora de condiciones de trabajo porque incluiría desmejora de salario.
Respuesta 3 :
Se podría compensar en otro momento. (Trabajando desde casa, por ejemplo).
Respuesta 5:
En España ese tipo de permisos están regulados por leyes, en Panamá esto no está regulado y deja en dos riesgos para la empresa: Que se comente después que hubo desmejora de condiciones de trabajo y que se cree un precedente con el resto de las futuras madres en la empresa y que pidan concesiones del mismo tipo.
Por temas ISO9000 se debe circular el calendario de festivos 2019.
Existen 3 domingos que pasan para lunes además del día de la toma de posesión del presidente, Hay más días libres este año para tomar previsiones.
Posdata: Recuerden no hay días puentes en el 2015 se derogo esa ley.